Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2159

Decreto Nº 2159

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/09/2021

Visto el Pedido de Adquisición Nº 4472 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Psicólogo para cumplir funciones en el Programa “Crianza Sin Violencia”,  en el marco del “Acta Acuerdo de Cooperación Programa de Fortalecimiento Comunitario para la Inclusión de Niños, Niñas y Adolescentes”, suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Municipalidad de Bahía Blanca y;

 

CONSIDERANDO

Que frente a la necesidad de la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Psicólogo para planificar y brindar talleres de crianza sin violencia, acompañar a los talleristas en el diagrama y dictado de talleres, planificación de estrategias que potencien el acercamiento a las familias, coordinar el Programa “Crianza Sin Violencia”;

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, que si bien existe personal en las Instituciones dentro del área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades, la misma fue suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia;

Que se procedió a la realización de la correspondiente selección del personal requerido, conforme a las actuaciones del Suministro 1184/2021, del cual surgió la selección del Sr. Abrati Daniel Eduardo, D.N.I. 32.131.137, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
                                               

-  D E C R E T A  -

 

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que si bien existe personal en las Instituciones del área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. Dicho profesional deberá contar con condiciones de idoneidad para trabajar con los diferentes cuadros patológicos y/o trastornos.

SEGUNDO: Adjudíquese al Sr. Abrati Daniel Eduardo, D.N.I. 32.131.137 la prestación de servicios como Psicólogo para integrar el Programa “Crianza Sin Violencia”, a partir del 1 de Octubre y hasta el 31 de Diciembre de 2021 y por la suma total de pesos ochenta y seis mil cuatrocientos ($86.400) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.

CUARTO: Cúmplase, Notifiquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.