Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1680

Decreto Nº 1680

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 13/08/2021

VISTO la nota presentada por la firma Bahía Transporte S.A.P.E.M., mediante la cual solicita un aporte de capital por la suma de PESOS ONCE MILLONES CIEN MIL ($11.100.000.-), en los términos del Artículo 5° de la Ordenanza 15.141; y teniendo en cuenta que dicho requerimiento tiene como objetivo mantener un mínimo equilibrio de las condiciones en que la empresa se desarrolla, pudiendo afrontar la crisis económico financiera que atraviesa la misma, producto de la emergencia sanitaria por COVID-19 existente en nuestro país / ciudad; por lo dicha razón y, CONSIDERANDO:

Que la citada ordenanza de la cual se adjunta copia en el expediente de referencia, autoriza a la Municipalidad a realizar aportes de capital en su carácter de socia mayoritaria de la mencionada firma;

Que la firma Bahía Transporte SAPEM, de fojas 1 a 4 del presente expediente expone: “…Que como venimos relatando desde hace mucho tiempo, el sistema de transporte público se encuentra enmarcado en una situación muy delicada respecto a su economía y situación financiera cuyo origen, si bien antecede al impacto de la pandemia mundial proveniente del Covid-19, fue profundizada significativamente ante este último evento, generando muchísimos inconvenientes en el sector.

Que la problemática sanitaria señalada tuvo sus primeras manifestaciones al inicio del mes de marzo del año 2020, hace un año y casi seis meses, momento a partir del cual el contexto en que comenzó a desenvolverse el transporte público cambió de manera categórica para evitar una rápida e incontrolable propagación del virus.

Que, en ese camino, y enfocándonos en exponer el esquema en el transporte público, en un primer momento y por diferentes medios de comunicación e información, se trató de reeducar a la sociedad al momento de utilizar el servicio público para evitar el contagio entre los usuarios.

Que, en una segunda etapa y ante el avanzado estado de la pandemia en el país y en la ciudad de Bahía Blanca en particular, se adoptaron medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio que fueron muy estrictas en un principio, y luego se fueron alternando, modificando y adaptando a los distintos índices de contagio y ocupación de la terapia intensiva en los hospitales de la ciudad.

Que dichas medidas de aislamiento claramente repercutieron de manera directa en el transporte, atento la disminución histórica en la cantidad de pasajeros transportados.

Que luego, cuando se comenzaron a habilitar diferentes rubros para la vuelta a la actividad bajo protocolos estrictos, el transporte quedó a disposición sólo para personal esencial por lo que, cuando el cuadro sanitario permitía conceder aperturas, el transporte igualmente quedaba limitado para un porcentaje reducido de usuarios, que eran los trabajadores esenciales. En una etapa posterior, se permitió que el resto de los ciudadanos usaran el transporte bajo la recomendación de buscar medios alternativos de traslado para evitar aglomeraciones que provoquen contagios, consejo que fue recibido favorablemente por la población y que se reflejó en la cantidad de pasajeros transportados en todos estos meses.

Que, a los fines de colaborar con ese personal esencial que se encontraba muy activo en pos de atravesar la difícil situación sanitaria, es que se resolvió darle gratuidad a su traslado, decisión con la que todas las prestatarias estuvieron de acuerdo pero que, en su momento también representaba dejar de percibir fondos.

Que dicha gratuidad fue cubierta por las empresas hasta el mes de febrero pasado, fecha en la cual el Municipio comenzó a subsidiar dicho costo, lo que representó para las empresas una ayuda de gran valor.

Que, en los meses de mayo y junio pasado se atravesó nuevamente un período muy crítico de contagios e internaciones, razón por la cual se tuvieron que adoptar medidas más restrictivas de las que se venían tomando en los meses previos, y que tuvieron un fuerte impacto en la recaudación de las empresas.

Que, en la actualidad, y en virtud del avance en la vacunación y los resultados positivos que está teniendo la protección ante el virus es que, paulatinamente, las diferentes actividades comerciales, educativas y sociales están volviendo a retomarse si bien no de forma normal, sí de manera más participativa para la economía y para los vínculos interpersonales.

Que tal movimiento se vio reflejado en los ingresos de las compañías en el mes de julio, incrementándose en un porcentaje promedio que supera levemente el treinta por ciento (30%) respecto al mes de junio, recuperando de esa manera los niveles del mes de abril en términos nominales. Téngase en cuenta que la tarifa ha aumentado el día 24 del mes pasado.

Que no obstante el dato positivo expuesto, volvemos a mencionar que la recuperación llega a los números de abril, es decir, a dos meses anteriores pasado el cual se adoptaron las restricciones que mencionáramos, que se comenzaron a flexibilizar a partir de julio. Por lo que es muy difícil aún asegurar una estabilidad y mejoramiento pausado a futuro, cuando las fluctuaciones derivadas del Covid-19 son permanentes, y sin tener conocimiento concreto aún de las consecuencias que acarreará la inminente llegada de la variante conocida como Delta. Confiamos en que la campaña de vacunación, que ha ido mejorando su performance las últimas semanas, restauren de forma definitiva una expectativa de mejora en la actividad del transporte, sobre todo luego de atravesar los meses de bajas temperaturas.

Que, hasta tanto aquello suceda, será fundamental para las compañías del transporte local, contar con todo el apoyo de los distintos niveles de Estado para poder prestar el servicio de la forma establecida.

Que en esa línea, es que los Municipios del interior de la Pcia. de Buenos Aires, así como el resto de las Provincias, están teniendo encuentros con representantes del Gobierno Nacional para que la distribución de los subsidios en el área sea más equitativa en todo el país y, de esa manera, subsanar la desigualdad que existe desde mucho antes de la pandemia y, también para darle mayor asistencia a las empresas de transporte que tan afectadas se encuentran por el contexto sanitario que atravesamos. Los resultados de dichos encuentros están siendo muy positivos. De hecho, el Ministerio de Transporte de la Nación a través del Fondo Compensador a liberado un pago para compensar el cierre de la paritaria 2020 en el marco del CCT UTA. Aguardamos que dicho apoyo continúe prestándose, y que la Provincia también haga efectiva la mejora en las prestaciones dinerarias que brinda.

Que, por su parte, el Municipio viene atendiendo las demandas tanto de las empresas, para poder transitar esta difícil situación, y de los usuarios, quienes necesitan de las unidades y sus trazas para poder cumplir con sus obligaciones. E igual concepto tienen las responsables directas del servicio, las que aportan toda su capacidad económica, financiera, laboral, técnica para poder cumplir con las indicaciones de la Secretaría Municipal con competencia en el área.

Asimismo y como siempre resaltamos, el Estado Provincial ha resuelto afectar al presupuesto del transporte, un treinta por ciento (30%) más respecto al año 2020, lo que impacta en los subsidios que gira de manera mensual a las prestatarias, siendo dicho incremento el primero desde el año 2019 – cuyo importe de liquidación se basaba en costos relevados en el año 2018 – Pero la demora en esa actualización ha tenido y continúa teniendo repercusiones en el servicio, sobre todo en este período de crisis excepcional. Las políticas de asistencia nacionales complementarias a las provinciales, han sido relevantes pero no son suficientes para obtener una cobertura de los gastos mínimos que implica poner en marcha las líneas de transporte en la jurisdicción de Bahía Blanca, bajo las pautas determinadas por la Secretaría correspondiente.

Que con fecha 25 de junio pasado, se promulgó la Ordenanza Nª 20.340 que estipula, por un lado, un incremento en la tarifara del transporte público urbano y, por el otro, la extensión de la vigencia de la tarifa especial de emergencia en relación a la situación presente, la que es y será compensada por el municipio mientras perdure la situación de emergencia en el transporte y bajo las condiciones allí establecidas. La actualización del cuadro tarifario se hizo efectivo a partir del 24 de julio, lo que representa un gran alivio para las compañías locales; y, asimismo, ya se ha comenzado a liquidar la tarifa de emergencia bajo el nuevo esquema, la que en el corriente mes constituye para esta compañía la suma de pesos aproximada de ochocientos mil ($800.000,00).

Esta nueva Ordenanza que contempla el incremento en el boleto de transporte permitirá readecuar el equilibrio entre los costos del transporte y lo que paga el pasajero, considerando claramente y mediante la tarifa transitoria, las condiciones de excepción que rodean la actividad para que no recaiga sobre el usuario el déficit específico en este marco de pandemia.

Que como ya refiriéramos, la compensación por gratuitos transportados en el sistema, en la proporción que corresponde según la contemplación que se tuvo al realizar el estudio de costos por el cual se fijó la tarifa vigente, también resulta de gran ayuda para el resto de las prestatarias.

En cuanto al cobro de los Atributos Nacionales, se espera una liquidación en concordancia con las expectativas de recaudación por el sistema.

Que, como venimos destacando siempre, Bahía Transporte en particular, está realizando los mayores esfuerzos para poder mejorar su estructura empresarial y readecuar su situación económica y financiera a la coyuntura actual. Como hemos comentado en presentaciones previas, el Municipio mediante el Decreto N° 292/2021 finalmente resolvió revocar el permiso precario para la explotación de las líneas 502 y 504 de la que era titular esta sociedad, a partir del 1 de marzo pasado. Eso devino en la reducción de la nómina de personal, proceso que había comenzado en el año 2020 con el traspaso de empleados y la cesión de la administración de los parquímetros a la Secretaria de Movilidad Urbana y Espacios Públicos. Asimismo, se ha convenido con el resto de las prestadoras del servicio que, en caso de darse la baja de algún empleado que se encuentre bajo el CCT de UTA por razones de retiro por jubilación u otro motivo, se informe a esta empresa para analizar la posibilidad de efectuar el traspaso de personal que cubra dicha vacante, y continuar de esa manera con la optimización de los recursos humanos con los que hoy contamos.

Por su parte, seguimos trabajando con gran esfuerzo para mejorar nuestra actuación en el ámbito del transporte, profundizando el control de stock del pañol y las compras que se realizan para su reposición; en la reorganización del personal y su afectación en áreas donde se requiere más eficiencia en la prestación; en la optimización de los servicios de gerenciamiento para que el servicio público de transporte mejore día a día y logre alcanzar las expectativas que los usuarios tienen de él en este contexto de crisis. Y todo ello, no sólo para perfeccionar las tareas que tenemos a cargo, sino también para reparar la estructura financiera y económica en que hoy habita la sociedad.

Como consecuencia de la reducción en la cantidad de línea a nuestro cargo, el ingreso por recaudación por pasajeros transportados y subsidios bajó significativamente a partir del mes de marzo, y continuará en iguales parámetros en adelante, lo que en la inmediatez genera complicaciones de índole financiero por las obligaciones que se encuentran pendientes de cumplimiento como derivación principal de la crisis económica en el sector, pero que se espera sean superadas en los próximos meses de la mano del objetivo de reestructuración y saneamiento económico que venimos enumerando.

Que, en orden a los ingresos, y en el marco de la venta de las unidades por el traspaso de las líneas al que ya hemos hecho referencia en otras oportunidades, en el corriente mes se percibirá el importe neto de pesos cuatrocientos noventa y un mil seiscientos sesenta y seis con 67/100 ($491.666,67).

Que en relación a los compromisos que se tienen, es necesario continuar con el cumplimiento de las obligaciones asumidas, como la regularización de la deuda con la ART, representando en el corriente mes una suma de pesos aproximada de setecientos mil ($700.000,00); el plan de cancelación de deuda realizado a Telefónica S.A. para mantener sus servicios, que implica en agosto la suma de pesos que supera el millón ($1.000.000,00); la continuidad de pago de las unidades adquiridas para renovar la flota en el año 2018, cuyos vencimientos de valores de los próximos días también supera ampliamente el millón de pesos ($1.000.000,00).

Respecto a las liquidaciones salariales, y como viene sucediendo desde el mes de mayo 2020, se está negociando con el gremio que engloba a los empleados que se encuentran bajo el CCT de UTA para continuar con la aplicación del Art. 223 bis LCT hasta el mes de diciembre. En este aspecto, debemos destacar la predisposición que está teniendo la entidad sindical mencionada para colaborar con las empresas.

En sintonía con ello, debemos mencionar aquí el acuerdo salarial al que se ha arribado como resultado de las negociaciones para el año 2021: sobre los haberes de mayo, se debió aplicar –retroactivamente- un incremento del 11,02% con base en los haberes de abril, cuyo pago se realizará en cuotas a partir de los haberes de julio, es decir, a abonar de forma efectiva en el corriente y que significa la suma aproximada de pesos dos millones trescientos mil ($2.300.000,00). El sueldo de junio, debió liquidarse con un nuevo aumento del 14,28% con base al haber resultante del mes de mayo, cuyo cálculo se aplica desde ese período. Este esquema de pagos representa un esfuerzo inmenso por parte de las prestadoras del servicio en cuestión, las que están realizando todas las actuaciones tendientes a evitar que, por la falta de cumplimiento de los compromisos salariales asumidos, se produzca un cese en la prestación por parte de los trabajadores quienes, por su parte, están a derecho para reclamar mejoras salariales.

Creemos importante recordar que los insumos básicos que permiten el funcionamiento del sistema, como ser combustible, lubricantes, neumáticos, repuestos de rápida reposición, entre otros, han sufrido incrementos en su precio, y si bien sus proveedores contemplan la crisis económica que están atravesando todas las empresas del rubro, la mercadería se entrega en cuenta corriente con fecha determinada de vencimiento, siendo fundamental generar un circulo relativamente virtuoso de pago para obtener una rotación regular de mercadería básica para poder prestar el servicio.

Que las dificultades que se van repitiendo mes a mes para afrontar los pagos en diferentes puntos, generan en reiteradas ocasiones el atraso con ciertos acreedores que, ante la situación crítica generalizada del país, exigen la cancelación de los saldos para que puedan también sostener su cadena de pagos.

Que, respecto a las obligaciones asumidas ante la AFIP a través de la moratoria aprobada en el mes de agosto 2020 por Ley Nª 27.562, en el mes de agosto se vencen las cuotas de los planes adheridos que superan la suma de pesos setecientos mil ($700.000); y se deben abonar otros dos planes de regularización de deuda, sumado los cuales también ascienden a la suma aproximada de pesos setecientos mil ($700.000). Asimismo, es objeto de esta compañía continuar en una situación regular con ese organismo, por lo que prevemos abonar el F931AFIP del período 06/2021 y 07/2021aprovechando también la oportunidad de estar liquidando los haberes bajo el Art. 223 bis LCT, resultando de ello una carga contributiva baja en relación a períodos normales, para evitar así un nuevo retraso en su cumplimiento. El atraso en la cancelación del período 06/2021 se debe a que el traspaso de las líneas que antes mencionáramos, produjo un retraso en la liquidación del subsidio Provincial del mes de julio, situación por la cual se tuvo que realizar una reasignación de partidas para cumplir con otros conceptos que no permitían mayor dilación en el tiempo.

Que, de la enumeración de responsabilidades que se deberán afrontar en el mes en curso, podemos afirmar que son todas de trascendental importancia para poder mantener en orden el servicio a nuestro cargo, porque contribuyen al normal desarrollo del sector.

Que, como siempre aclaramos, es decisión firme de todas las prestatarias del transporte local acompañar y colaborar con el Municipio, aguardando una mejora en el proceso de normalización de la actividad económica, la cual se está viendo demorada conforme las estimaciones que para esta época se habían proyectado.

Que en esa línea y bajo las condiciones que imparte la Secretaría Municipal correspondiente, la prestación del servicio siempre se ha brindado de forma continua, sin alteraciones ni cortes que pudieran generar conflictos tanto con los usuarios como con los distintos sectores involucrados en el área.

Es objetivo de todos poder atravesar esta realidad extraordinaria que nos ha tocado afrontar, de la manera más coordinada para evitar el agravamiento de la situación en el ámbito sanitario local; e insistimos que para que ellos siga siendo posible, es esencial que la estructura empresarial sea titular de una estabilidad económica y financiera mínima para no afectar el cumplimiento de las obligaciones que son de impostergable cancelación, y las cuales permiten que el servicio se brinde de forma normal y satisfactoria.

De acuerdo a la proyección de ingresos y egresos estimados para el mes de agosto 2021 que como Anexo se acompaña, y cumpliendo sólo con las obligaciones mínimas, la empresa tendría un déficit mensual aproximado de pesos once millones cien mil ($11.100.00,00).

Es muy importante que el municipio continúe brindando su apoyo en pos de no profundizar la crítica situación financiera de la empresa, cuyo diagnóstico sigue siendo muy complejo ante la merma de ingresos que se viene padeciendo desde hace más de un año, y como consecuencia de la pandemia mundial producida por el virus Covid-19.

Es por lo expuesto, que solicito la realización de un aporte irrevocable de capital que permita asegurar la cancelación de los compromisos que no permiten dilatarse en el tiempo.

De prosperar lo solicitado, el importe del aporte irrevocable de capital debería ascender a la suma de pesos once millones cien mil ($11.100.00,00)”

Que a los efectos de dar curso a lo solicitado, la firma ha adjuntado información y documentación complementaria y respaldatoria que permite analizar la necesidad del mencionado aporte irrevocable de capital;

Que, atento a todo lo declarado por la empresa y debido a la situación de emergencia en la que se encuentra el transporte público de pasajeros por colectivo en la ciudad; es que se hace necesario ofertar en forma irrevocable un aporte a la Sociedad para los fines expuestos, quedando supeditada su aprobación por su Directorio, quien deberá oportunamente, y cuando lo crea conveniente, aceptar o no esta oferta de aporte, lo que implicaría un aumento futuro de capital accionario;

Que lo dicho anteriormente debe llevarse a cabo, ya que de no cumplimentarse esos pasos, se estaría violentando los derechos de preferencia y acrecer de los demás accionistas estipulados en la Ley 19.550 y en el estatuto;

Que siendo el Estado Municipal accionista mayoritario de la mencionada Empresa, entiende que dicha operatoria no reviste mayor riesgo económico, toda vez que la contribución dineraria se vea reflejada en cubrir los costos que demande el mantenimiento del sistema a los fines de sostener el mismo hasta tanto éste vuelva a su normal funcionamiento y siempre cuando estos estén absolutamente vinculados con el objeto social, y cumplan con las tareas encomendadas por el Municipio.

Que habiéndose corrido traslado del expediente de referencia a la Secretaría de Economía, la misma señala, que si bien dicho aporte no se encuentra contemplado en el presupuesto en curso, el mismo deberá ser compensado antes de fin del corriente año con mayor recaudación y/o economías de otras partidas; correspondiendo bajo esta condición otorgar el aporte irrevocable de capital requerido, por tratarse de la emergencia del transporte tal como surge de la Ordenanza 20.330, producto de la situación de pandemia por COVID-19 y las normativas que establecen el actual Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio dictado por el Gobierno Nacional.

Por todo ello, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nro. 15.141, lo informado por la Secretaría Economía a fojas 34, por el Asesor Letrado de la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos a fojas 35 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y del Departamento Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades,

D E C R E T A

ARTICULO 1º)- Autorizar a la Contaduría General a abonar por medio de transferencia bancaria la suma de PESOS ONCE MILLONES CIEN MIL ($11.100.000.-) a la Empresa Bahía Transporte S.A.P.E.M., en concepto de aporte de capital, en los términos del Artículo 5º de la Ordenanza Municipal N°15.141, los que serán ofertados en forma irrevocable ad referéndum de la correspondiente aprobación asamblearia.-

ARTICULO 2°)- El aporte indicado en el artículo precedente será imputado a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática. 16.00.00, Gasto 6.1.1.0. del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 3°)- Cúmplase, notifíquese a Bahía Transporte SAPEM, tomen nota la Secretaría de Economía, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Departamento Contaduría General, Departamento Tesorería y demás reparticiones que se estime pertinente, comuníquese vía nota al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento; cumplido: dése al R.O. y ARCHÍVESE.