Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1469
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 23/06/2021
Visto lo solicitado a fojas 1 por la agente María Mónica Garay, DNI 12.002.603, legajo Nº 6.122, dependiente del Departamento Contaduría, quien se acogerá a los beneficios de la jubilación ordinaria a partir del día 01 de julio de 2021; atento a lo informado por el Departamento Administración del Personal, a fojas 4 y según lo dispuesto en el Artículo 72º, inciso f) de la Ley Nº 14.656 y en el Artículo 62º del Convenio Colectivo de Trabajo que establece: “cuando el cese del trabajador se produjera computando como mínimos treinta años de servicios, se le otorgará una retribución especial sin cargo de reintegro equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, o del salario mínimo vital y móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole…”; teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General a fojas 4 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º)- Autorícese al Departamento Administración del Personal a liquidar a favor del la agente María Mónica Garay, DNI 12.002.603, legajo Nº 6.122, dependiente del Departamento Contaduría, la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON DIECIOCHO CENTAVOS ($624.129,18) en concepto de retribución especial, de acuerdo a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Bahía Blanca y atento a que la misma revista al momento de su baja en categoría 2/2B.2, con treinta y cinco (35) años de servicios activos en esta Comuna.
ARTICULO 2º)- La retribución mencionada se hará efectiva mediante Liquidación Final una vez producido el cese de la agente en cuestión.
ARTICULO 3º)- El gasto dispuesto precedentemente se deberá imputar a la Fuente 110, Jurisdicción 1110103000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1172.
ARTICULO 4º)- Notifíquese, tomen nota Departamento Administración del Personal, Contaduría General y demás dependencias intervinientes; dése al R.O. y ARCHIVESE.-