Boletines/Lobería
Decreto Nº 1396-21
Lobería, 30/09/2021
REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 74/21; y
Considerando
QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Gigena, ubicada en calle Medrano N° 320 de la ciudad de Lobería;
QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;
QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 24 de septiembre de 2021;
QUE, atento a no haber presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRANSE las tareas asignadas al personal destajista designado por Decreto Nº 74/21, SR. JUAN CORSI, D.N.I. Nº 33.536.855, que realizó trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Gigena, ubicada en calle Medrano N° 320 de la ciudad de Lobería, a partir del 24 de septiembre de 2021.
ARTÍCULO 2.- La tarea específica a realizar y el monto a percibir por la misma, se detalla a continuación:
TAREA MONTO
Instalación de agua fría y caliente en baño $ 17.686,05
Instalación de agua fría y caliente en cocina $ 4.970,93
Instalación de agua fría y caliente en termotanque $ 2.325,58
Colocación y conexión de tanque $ 4.465,12
Abrir canaleta para cañería de agua $ 9.302,33
Entrada de agua $ 4.534,88
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 43.284,88.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINITICINCO ($ 37.225.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S.$ 5.194.19. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda - 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencias a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO N° 1.396-21