Boletines/Lobería
Resolución Nº 20-21
Lobería, 12/10/2021
Visto
Lo dispuesto por la Resolución del ANDIS N°566/21, los artículos 24, 77 inciso c) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y
Considerando
QUE, la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, “ANDIS”, organismo descentralizado de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación, tiene a cargo el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad y la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad;
QUE, a través del Decreto Nacional Nº 868/2017 se creó, en la órbita de la “ANDIS”, el “PLAN NACIONAL DE DISCAPACIDAD”, que tiene por objetivo la construcción y propuesta, a través de una acción participativa y en coordinación entre la Nación, Provincias, Municipios, y con las Organizaciones de la Sociedad Civil, de políticas públicas tendientes a la plena inclusión social de las personas con discapacidad, contemplando los principios y obligaciones comprometidos por medio de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley N° 26.378;
QUE, en el marco de las políticas públicas de la ANDIS, se estableció el “Programa Federal de Recreación y Deportes para Personas con Discapacidad y su Grupo Familiar”, cuyo objetivo es establecer acciones de cooperación y colaboración entre la “ANDIS” y las provincias y/o municipios mediante convenios marco y específicos, a efectos de adaptar las infraestructuras recreativas y deportivas locales, realizando las obras e instalaciones requeridas y dotándolas del equipamiento necesario, para que resulten accesibles a personas con discapacidad y les permitan desarrollar las actividades junto al resto de las personas;
QUE, a través de la Resolución N° 566/21 de ANDIS de fecha 20/05/2021 y a los efectos de armonizar las cuestiones normativas y administrativas se instituye el “PROGRAMA FEDERAL DE INCLUSIÓN DEPORTIVA, CULTURAL Y COMUNITARIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, en reemplazo del Programa mencionado anteriormente y se establecen los “Lineamientos Normativos” aplicables al programa;
QUE, el nuevo Programa Federal, está orientado a financiar proyectos y acciones promovidas por Gobiernos Provinciales y/o Municipales, relacionadas con el fortalecimiento de la participación de las personas con discapacidad en actividades deportivas, culturales y comunitarias;
QUE, los Lineamientos Normativos tienen por objeto definir y establecer el procedimiento metodológico general para la presentación de proyectos, evaluación de los mismos, transferencia de fondos presupuestarios, y rendición de cuentas, en el marco del “Programa”, a los efectos de brindar previsión y transparencia al desarrollo de las acciones respectivas, proporcionando instrumentos que faciliten el control de la administración de los fondos involucrados;
QUE, desde el Programa se puede financiar la adquisición de elementos o equipamiento destinado a la realización de actividades deportivas, culturales y/o comunitarias de las personas con discapacidad, siendo el solicitante responsable de administrar y mantener en buen estado de uso los elementos y/o del equipamiento adquirido y comprometiéndose a promover la capacitación del personal necesario y a asegurar la provisión de aquellos insumos necesarios para brindar el servicio
adecuadamente;
QUE, asimismo, se podrá solicitar el subsidio para hacer accesible las instalaciones o realizar la construcción y/o ampliación de espacios culturales, deportivos o comunitarios, como por ejemplo la construcción de rampas de acceso a edificios, la adaptación de sanitarios existentes, obra nueva/ampliación vinculada con las instalaciones existentes que se encuentre debidamente justificada y cualquier otra obra destinada a garantizar la accesibilidad universal siempre que se encuentre debidamente justificada;
QUE, el Programa financia un monto máximo de $ 5.000.000.- contemplando dentro del mismo gastos de materiales y mano de obra, no pudiéndose presupuestar gastos de honorarios profesionales para diseño y dirección de obra;
QUE, desde el bloque PJ-Frente de Todos consideramos de suma importancia a los efectos de fortalecer los derechos de las personas con discapacidad, que el municipio elabore un proyecto y firme los Marco y Específicos con el ANDIS, para la obtención del subsidio necesario, objeto del proyecto presentado;
POR ELLO, EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a sus facultades, aprueba la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante del partido de Lobería subraya la importancia que tendría para las personas con discapacidad y sus familiares, que en el marco del “PROGRAMA FEDERAL DE INCLUSIÓN DEPORTIVA, CULTURAL Y COMUNITARIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” establecido por Resolución N° 566/21, el Departamento Ejecutivo elabore desde el área que considere pertinente, un proyecto que contemple con la debida justificación, la adquisición de elementos y/o equipamiento, o la construcción y/o ampliación de espacios culturales, deportivos o comunitarios, y firme con la Agencia Nacional de Discapacidad los Convenios Marco y Específicos necesarios para el financiamiento del proyecto elaborado.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, cumplido, archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE
DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-
RESOLUCION Nº 20-21