Boletines/Las Flores

Decreto Nº2140/2021

Decreto Nº 2140/2021

Publicado en versión extractada

Las Flores, 31/08/2021

                                                                                          LAS FLORES,  31 de agosto de 2021.-                                          

 

VISTO:

                El Expte. 4063-3183-/21;

 

CONSIDERANDO:

Que el Secretario de Desarrollo Productivo y Sustentable informa que mantiene reuniones con actores integrantes de distintos sectores ligados a emprendimientos productivos y comerciales de nuestra ciudad;

Que los mismos manifiestan dificultades económicas producto de no poder continuar con su emprendimiento y la ausencia de líneas de financiación a las cuales puedan acceder;

Que debido a que los proyectos productivos se encuentran en su estadío inicial o desean comenzar sus actividades requieren apoyo y seguimiento;

Que se evidencia en Las Flores la necesidad de generar emprendimientos productivos exitosos, situación puesta de manifiesto en el contexto actual que ha acentuado el proceso de depresión de los últimos años;

Que es objetivo de esta Secretaría fomentar el desarrollo de alternativas productivas, fomentando la iniciativa emprendedora, contribuyendo a la generación de autoempleo y nuevas actividades independientes;

Que es propósito de este Departamento Ejecutivo colaborar con proyectos productivos que generen fuentes laborales;

Que según el informe contable existen disponibilidades presupuestarias para acceder a lo solicitado;

Que el Municipio está atendiendo las necesidades observadas a distintos sectores productivos y en el caso particular de la Sra. Karina López, (DNI Nº 23.791.891) solicita una Asistencia Económica para el pago de servicio de energía eléctrica atrasado de su comercio “Gastronómico” ubicado Av. Rivadavia  Nº246 de nuestra ciudad.

 

 

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES

 

D  E  C  R  E  T  A:

 

Art. 1°.- Otórgase a la  Sra. LOPEZ KARINA (D.N.I. N º 23.791.891) un subsidio de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00), el que deberá ser destinado a solventar pago de servicio de energía eléctrica atrasada.

 

Art. 2°.- La erogación resultante de lo dispuesto precedentemente se imputará a: Jurisdicción 1110119000 Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable; Programa 16: Subsecretaría de Comercio, Industria y Asuntos Agrarios -  Partida 5.1.8.0. “Asistencia a Pequeños Productores” Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal del Presupuesto de Gastos vigentes

 

Art. 3°.- Cúmplase, comuníquese a la empresa beneficiaria,  tome nota Contaduría y dése al  R.O. de Decretos del M.

 

              Lic. Cristian Chiodini                                                                                                                Ing. Alberto C. Gelené

             Secretario de Desarrollo                                                                                                                  Intendente Municipal

             Productivo y Sustentable                                     

 

       DECRETO Nº 2140