Boletines/Las Flores
Decreto Nº 2025/2021
Publicado en versión extractada
Las Flores, 12/08/2021
LAS FLORES, 12 de agosto de 2021.-
VISTO:
La presentación efectuada por la Secretaría Privada en la cual solicita se declare de Interés Municipal la visita del Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires Lic. Pablo Julio López, que se llevará a cabo en el día de la fecha, en la ciudad de Las Flores, y;
CONSIDERANDO:
Que la visita del Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires es de suma importancia para optimizar la articulación de políticas públicas entre el estado Provincial y el Municipio, a través del diseño y puesta en marcha de programas destinados al desarrollo integral de todas las personas y reactivar el aparato productivo;
Que, en esta oportunidad, visitará las instalaciones de la empresa Coopershoes, emplazada en el Sector Industrial Planificado, recorrerá obras de infraestructuras financiadas por los Gobiernos Nacional, Provincial y Municipal, que se encuentran en ejecución en nuestra ciudad, redundando en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, tales como la Obra de Estabilizado de la Ruta Provincial Nº 30, en el marco del Plan de mejoras de Caminos Rurales; la Escuela Normal Superior de Las Flores “Domingo F. Sarmiento”, donde se concretaron obras de gas y calefacción y pavimentación de la Av Cruz Marqués.
Que, por los motivos expuestos, es propósito del Departamento Ejecutivo declarar su visita de interés municipal;
Que, el dictado del presente se efectúa en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 108, inciso 17, de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A :
Art. 1°.- Declárase de “INTERES MUNICIPAL” la visita del Sr. Ministro de Hacienda y ====== Finanzas de la Provincia de Buenos Aires Lic. Pablo Julio López, que se llevará a cabo el día de la fecha en la ciudad de Las Flores, en el marco de la visita oficial y reunión de trabajo articulado entre Provincia y Municipio.
Art. 2º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a pagar los gastos que demande el evento citado ===== en el artículo 1º.
Art. 3°.- La erogación resultante se imputará a: Jurisdicción 1110101000, Unidad Intendente, ====== Programa 01 Conducción de Política del Municipio, 01 Conducción de Políticas del Municipio, del Presupuesto de Gastos vigente.
Art. 4°.- Cúmplase, comuníquese a la Secretaría Privada, a Contaduría y dése al R.O. de ======= Decretos del M.
Abg. JAVIER E. DI GIANO Ing. ALBERTO CESAR GELENE
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
DECRETO Nº 2025