Boletines/Mercedes
Resolución Nº 593/2021
Mercedes, 28/09/2021
Visto
Que en el marco del Expediente N° 3399 del año 2019, caratulado: “GERARDI JULIAN S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, por el que solicita ingresar al programa “Mi Terreno” junto a su pareja Sr. PERASSI LUISINA, y,
Considerando
Que según la documentación respaldatoria que obra a fs. 11 de autos, el Sr. GERARDI JULIAN CUIL 20366487280 salió beneficiario del Plan de vivienda oficial PROCREAR – CASA PROPIA;
Que la Ordenanza Municipal 7982/2017 fija en el inciso 3° del artículo 19 de la “(…) que para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 3. No ser, ninguno de los integrantes del grupo familiar, beneficiarios de planes de viviendas oficiales y no poseer créditos hipotecarios para compra, ampliación y/o refacción de vivienda (…).”
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa “Mi Terreno” al Sr. GERARDI Julián con DNI 36.648.728 y a la Sra. PERASSI Luisina con DNI 36.345.120 por incumplimiento del inciso 3° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 3. No ser, ninguno de los integrantes del grupo familiar, beneficiarios de planes de viviendas oficiales y no poseer créditos hipotecarios para compra, ampliación y/o refacción de vivienda (…).”
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-
Artículo 3°: Previo archivo, realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-