Boletines/Mercedes

Resolución Nº566/2021

Resolución Nº 566/2021

Mercedes, 06/09/2021

Visto

El expediente N° 3756 del año 2020 caratulado: “LEGUIZAMON MARIA ALEJANDRA s/ PROGRAMA “MI TERRENO”, y,
 

Considerando

Que salió sorteada el pasado 13 de agosto de 2021 a las 10 horas en el Teatro Julio Cesar Gioscio, con la presencia del Escribano Juan Pablo Giannini, quien labró el Acta de Constatación N° 47, como 31° TITULAR del Octavo sorteo del Programa “Mi Terreno” realizado por esta Dirección de Tierras y Hábitat;

Que de la investigación de cumplimiento de requisitos surge que desde la Secretaría de Desarrollo Social, la peticionante de autos se encuentra inscripta en el Programa de Mejora Habitacional; por lo que se procede a enviar una cedula de notificación con fecha 23 de agosto que debía presentar un descargo por escrito atento a que los dos Programas son incompatibles entre sí;

Que en el descargo obrante a fs. 14, la Sra. LEGUIZAMON manifiesta que la madre, a la fecha fallecida, le cedió una parte de un terreno para que pueda realizar una pieza y baño, por lo que solicitó materiales, pero nunca recibió nada; por lo que renuncia al Programa de Mejora habitacional;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Considerar válido el descargo formulado y declarar la continuidad de la Sra. LEGUIZAMON María Alejandra con DNI 30.038.630 y del Sr. VOLONI Isaías Gabriel con DNI 43.905.791 en el Programa MI TERRENO, atento que no resuelven el problema habitacional.

Artículo 2°: Notifíquese con transcripción de los art.65 y 86 de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 3°: Hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes en caso estime corresponder (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).