Boletines/Mercedes

Decreto Nº1394/2021

Decreto Nº 1394/2021

Mercedes, 30/09/2021

Visto

Lo actuado en el Expediente Nº 5076/21, caratulado: “Dirección de Turismo y Comercio s/ Fondo especial municipal para la reactivación cultural y turística subsidio, y;

Considerando

 

Que en fs. 4 la Directora de Cultura Lucia Capaccio y el Director de Turismo Martín Boragno informan sobre la gestión de adhesión al Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística, destinado a prestadores de turismo y comercio, entidades culturales y educativas, inscriptos a la denominada “Tercera edición”.

Que dicho fondo tiene como objetivo compensar pérdidas producidas al no poder desarrollar sus actividades debido a la pandemia y los protocolos de activación;

Que el Municipio está atendiendo las necesidades observadas, con asistencia y acompañamiento por el  motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio;

Que es propósito de este Departamento Ejecutivo colaborar con las empresas, clubes y centros culturales locales que generan una fuente laboral para varias personas; 

Que según el informe contable existen disponibilidades presupuestarias para acceder a lo solicitado;

Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias

D  E  C  R  E  T  A:

Articulo. 1°.- Otórguese a los  DIECISEIS (16) beneficiarios detallados en Anexo 1, un subsidio por el monto que en cada caso se indica, siendo el importe global de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS DIEZ MIL ($1.310.000,00) destinado a gastos varios, producto del aislamiento preventivo, social y obligatorio, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Cultura.

Articulo. 2°.- Que la erogación resultante de lo dispuesto precedentemente se imputará a Jurisdicción 1110102000. Categoría Programática 26.02.00. Objeto del Gasto 5.1.7.0. Fuente de Financiamiento 132 - “De origen Provincial”, Recurso 17.5.01.22 “Fondo Especial Municipal para la reactivación Cultural y Turística”.

Articulo.3º.-Regístrese. Comuníquese a cada un de los beneficiarios. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.

Anexos

ANEXO I

BENEFICIARIOS

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