Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1335/2021
Mercedes, 21/09/2021
Visto
Lo actuado en el Expediente administrativo N°2429/2021, mediante el cual se llamó a Licitación Pública N°33/2021 (Decreto N°1041/2021) para la contratación de “Refuncionalización Caps Tomas Jofré”, y;
Considerando
Que de las 3 (tres) ofertas válidas presentadas, en virtud del estudio de antecedentes de cada una y evaluados los dictámenes técnico, legal y contable; resulta conveniente adjudicarla al proveedor N°4147 ESCA CONSTRUCCIONES S.R.L., quien ha efectuado la cotización que resulta más equitativa para los intereses municipales (art. 185° y subsiguientes del Reglamento de Contabilidad).
Que la obra pública de referencia no cuenta a la fecha con crédito presupuestario, según Ordenanza N° 8449/2020.
Que la misma contará con financiamiento provincial, según convenio suscripto con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del Desarrollo de Políticas de Colaboración con los Municipios para Proyectos de Infraestructura que resulten de interés comunitario, del cual obra copia en folios 659/662.
Que por razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución de la obra pública “REFUNCIONALIZACION CAPS TOMAS JOFRE”, a la firma ESCA CONSTRUCCIONES S.R.L., la que ha presentado la oferta que resulta más conveniente para el erario municipal, que asciende a la suma de Pesos ONCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($11.827.985,93), como medida de excepción, dado que no cuenta con crédito aprobado en Presupuesto de Gastos del Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase al área competente para que -a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería-, acorde lo estipulado en el convenio suscripto, practique las operaciones contables de recupero (re-imputaciones).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.