Boletines/Mercedes

Decreto Nº1229/2021

Decreto Nº 1229/2021

Mercedes, 03/09/2021

Visto

Lo actuado en el Expediente administrativo N°2409/2021 - Cuerpos 1 y 2, mediante el cual se llamó a Licitación Pública N°32/2021 (Decreto N°913/2021) para la contratación de “Pavimentación en Barrio América, Barrio Mitre y Calle 6 de 35 a 17”, y;

Considerando

Que de las 3 (tres) ofertas presentadas, 2 (dos) se consideran válidas en virtud del estudio de antecedentes de cada una y evaluados los dictámenes técnico, legal y contable; resulta conveniente adjudicarla al proveedor USIMIX S.R.L., quien ha efectuado la cotización que resulta más equitativa para los intereses municipales (art. 185° y subsiguientes del Reglamento de Contabilidad).

Que la obra pública de referencia no cuenta a la fecha con la totalidad del crédito presupuestario, según Ordenanza N° 8580/2021.

Que la misma contará con financiamiento nacional, según convenio suscripto con la SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE NACIÓN, en el marco del “Plan Argentina Hace “, del cual obra copia en folios 135/146 (Cuerpo 1).

Que por razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución de la obra pública “Pavimentación en Barrio América, Barrio Mitre y Calle 6 de 35 a 17”, a la firma USIMIX S.R.L, la que ha presentado la oferta que resulta más conveniente para el erario municipal, que asciende a la suma de Pesos SETENTA Y OCHO MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($78.129.881,67), como medida de excepción, dado que no cuenta con crédito aprobado en Presupuesto de Gastos del Tesoro Municipal, según Ordenanza N°8449/2020.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al área competente para que -a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería-, con Fuente de Financiamiento 133, Partida 17.2.01.70, acorde lo estipulado en el convenio suscripto, practique las operaciones contables de recupero (re-imputaciones).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.