Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 1716/2021
Coronel Suárez, 23/07/2021
Visto
Que la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud, con respecto al COVID19 y los decreto 132/2020 y 40/2021 de la Provincia de Buenos Aires y los Decretos Municipales 476/2020 y 494/2021 que adhiere al mismo y;
Considerando
Que resulta de imperiosa necesidad realizar la compra de medicamentos e insumos hospitalarios, debido al ascenso sostenido de casos críticos con requerimientos de hospitalización, con el agravante de la falta de stock necesario en medicamentos críticos;
Que el art. 2 del Decreto 132/2020 en su párrafo segundo establece: “…Asimismo, para atender las necesidades de equipamiento e insumos para afrontar la emergencia sanitaria, todos los procedimientos de contratación de bienes y de servicios, propiciados y llevados a cabo por la repartición ministerial en el marco de la presente emergencia, deberán tramitar con especial y prioritario despacho. A tal efecto, las tramitaciones deberán referenciar en forma clara y visible la siguiente frase: “Tramite preferencial - Atención por coronavirus (COVID19)”.
Que no obstante lo expuesto, el art. 156 inc. 10) de la LOM prevé esta situación estableciendo que se podrá contratar directamente sin previo requisito las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en la condición comercial de oferta más conveniente del mercado;
Que, en base a los presupuestos solicitados por la Administración del Hospital Municipal a diferentes proveedores del rubro, los valores son los vigentes del Mercado;
Por todo ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ART. 1: Autorícese la compra de manera directa al Proveedor Equipo Gemico S.A de Eritropoyetina, Hioscina simple por $12.420.00 ( doce mil cuatrocientos veinte con cero centavos), al proveedor Nestor Luis Serron, de Midazolam, por un importe de $148.000.00 (ciento cuarenta y ocho mil con cero centavos), al proveedor Dinamed Bahia S.R.L de Fentanilo, Heparina, Enoxaparina de 40mg y 80mg, Hioscina, Dexametasona por un importe de $1.507.300.00 (un millón quinientos siete mil trescientos con cero centavos), al proveedor Asertiva S.A. de Gastropaque por un importe de $40.782.24 (cuarenta mil setecientos ochenta y dos con veinticuatro centavos), al proveedor L & S Insumos S.A.S de Tramadol, Limonada Roge, Codelasa, Lorazepan, Remifentalino, Enoxaparina 40, 60, 80mg por un importe de $2.432.270.00 (dos millones cuatrocientos treinta y dos mil doscientos setenta con cero centavos), del Proveedor Promedic Distribuidora de Enoxaparina 60mg $90.500.00 (Noventa mil quinientos con cero centavos), del Proveedor Urretavizcaya Alina, de Enoxaparina 60mg, por un importe de $58.000.00 (pesos cincuenta y ocho mil con cero centavos), del Proveedor Santecchia Serra Diego Martin de Fentanilo, Propofol, por un importe de $436.000.00 (pesos cuatrocientos treinta y seis mil con cero centavos)
ART. 2º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será, imputado - - - - a la SubJurisdiccion 1110105000 “Secretaria de Salud” - Categoría Programática 51.01.00 - Objeto del gasto 2.5.2.0 - Fuente de Financiamiento 110-
ART. 3º: Comuníquese, cúmplase y regístrese. -
DECRETO Nº 1716