Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 1467/2021
Coronel Suárez, 05/07/2021
Visto
la nota presentada por el Secretario de Relaciones Institucionales y Gabinete, dando cuenta de la jornada “II Consejo Sanitario Regional” de la Región Sanitaria I, a llevarse a cabo el martes 6 de julio del corriente a partir de las 9 hs en la Sala auditorio del Centro Regional Educativo Suarense (CREUS), y -
Considerando
Que en el marco del decreto 3377/06 y sus modificaciones, Coronel Suárez será sede del II Consejo Sanitario Regional que congregará a Secretarios de Salud de la Región Sanitaria I y a autoridades sanitarias bonaerenses con el objeto de abordar problemáticas sanitarias principalmente enfocadas en la pandemia, COVID-19, situación epidemiológica de cada distrito, análisis del avance de la campaña de vacunación provincial, como así también, expondrán sobre la situación del Sistema Integrado de Emergencias Sanitarias (SIES), la implementación de programas sanitarios y nuevos servicios con el propósito de seguir transformando el sistema de salud bonaerense para disminuir las inequidades que expuso la pandemia.
Que participaran autoridades sanitarias bonaerenses encabezadas por el Director Provincial de Redes y Regiones, Dr. Adrián Gayoso, sumado a los integrantes del Consejo Sanitario, el Director Ejecutivo de Región Sanitaria I, Dr. Maximiliano Núñez Fariña; el Director Asociado de Región Sanitaria I, Lic. Lauriano Alimenti y los Secretarios de Salud de Región Sanitaria 1: Bahía Blanca, Dr. Pablo Acrogliano; Coronel Rosales, Dr. Carlos Gabbarini, Adolfo Alsina, Dra. Diana Otero, Adolfo Gonzáles Chávez, Dr. Mario Espert; Coronel Dorrego, Dr. Fabián Zorzano; Coronel Pringles, Dr. Esteban Berruet; Monte Hermoso, Dr. Jorge Busca; Carmen de Patagones, Dr Marcos Tripodi, Tres Arroyos, Dr. Gabriel Guerra; Villarino, Dr. Claudio Pastori; Saavedra, Dr. Guillermo Tizon; Tornquist, Dr. Jorge Ferraro; Puan, Dr. Luis Heredia; Guaminí, Dra. Alejandra Suarez.
Que las Jornadas del Consejo Sanitario Regional forman parte de las acciones que el Estado desarrolla para fortalecer el sistema público de salud y que tiene por objeto ser órgano consultivo para la implementación de políticas que garanticen el cuidado, el bienestar y la justicia social en todos los rincones de la Provincia de Buenos Aires y que permita la articulación en materia sanitaria de los 15 partidos que componen la Región Sanitaria I que alcanza a más de 655 mil habitantes (INDEC, 2010).
Que durante 2003-2015 las políticas sanitarias impulsadas por el presidente Nestor Kirchner y la presidenta Cristina Fernandez fortalecieron la accesibilidad de la población al sistema de salud y a las estructuras sanitarias regionales y locales.
Que en los últimos años, producto de las políticas neoliberales y del desmantelamiento de las políticas públicas de salud que llevaron incluso al Ministerio de Salud al simple rango de secretaría, se produjo una crisis en el sistema sanitario Nacional, Provincial y Municipal.
Que siguiendo el legado de Nestor y Cristina, el presidente Alberto Fernandez y el Gobernador Axel Kiciloff vuelven a poner como prioridad la salud pública para garantizar los derechos de nuestro pueblo. En este sentido Ramón Carrillo quien fuera el padre del sanitarismo en la Argentina y Ministro de Salud durante la presidencia de Juan Domingo Perón y que llevó a cabo una transformación sin precedentes en la salud pública de nuestro país desde una concepción social de la medicina, expresó que “Solo sirven las conquistas científicas sobre la salud si éstas son accesibles al pueblo”. Y es con este objetivo que se desarrollan las Jornadas del Consejo Sanitario. Por ello es fundamental reconocer las políticas sanitarias que se están impulsando desde el Gobierno Nacional y Provincial.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Declárese de Interés Municipal la Jornada “II Consejo - - - - Sanitario Regional” de la Región Sanitaria I, a llevarse a cabo el martes 6 de julio del corriente a partir de las 9 hs. en la Sala auditorio del Centro Regional Educativo Suarense (CREUS), de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: Cúmplase, comuníquese y oportunamente, archívese.-