Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 1455/2021
Coronel Suárez, 01/07/2021
Visto
la Ordenanza 7439/2020 y el decreto reglamentario 538/21 y sus modificatorias, que establece el procedimiento de llamado a Concurso para cubrir los cargos profesionales afectados al Hospital Municipal “Dr. Raúl A. Caccavo” de la Municipalidad de Coronel Suarez, y
Considerando
Que se requiere el llamado a Concurso Cerrado para cubrir el cargo de Jefe del Departamento de Servicios Centrales del Hospital Municipal “Dr. Raúl A. Caccavo” de la Municipalidad de Coronel Suarez,
Que el presente se trata de un llamado a concurso cerrado para cubrir el cargo mediante la evaluación de méritos, antigüedad, antecedentes y oposición, mediante la asignación de tareas específicas al área, por el periodo de 4 años, según establece la ordenanza 7439/20.
Que el designado no deberá estar comprendido en las incompatibilidades que disponen en el artículo 9° de la Ordenanza 7439/20 y en función del reglamento de concursos dispuesto por las autoridades.
Que los postulantes deben presentar un plan de trabajo, desarrollo y gestión que llevarán a cabo, en caso de obtener el cargo de función al cual se postulan, durante los cuatro (4) años que dura el mismo, que formara parte del concurso.
Que es necesario establecer las funciones, régimen laboral, misión, y condiciones técnicas del cargo a cubrir.
Por ello el Intendente de Partido, en uso de sus atribuciones;
D E C R E T A
ART. 1. Llámese a CONCURSO CERRADO para cubrir el cargo de Jefe del Departamento - - - - de Servicios Centrales del Hospital Municipal “Dr. Raúl A. Caccavo” de la Municipalidad de Coronel Suarez,
ART. 2. Establézcanse las siguientes características del Cargo:
Objeto: El profesional que resulte designado será nombrado Jefe del Departamento de Servicios Centrales del Htal Dr. Raúl A. Caccavo, gozando de estabilidad y ejerciendo el cargo por un período de 4 años (Art. 11 de la Ordenanza 7439/20).
Lugar: La realización del trabajo específico será en instalaciones de esta institución sanitaria y sus dependencias.
Régimen laboral: El régimen horario semanal para el Profesional de Salud es el establecido en el Régimen Escalafonario Municipal, perteneciendo al REGIMEN ESPECIAL para Profesionales de la Salud establecido en la Carrera Profesional Hospitalaria, dispuesto en la ordenanza 7439/20; estableciéndose para este cargo en particular un régimen horario semanal de 30 hs, sin bloqueo de título. Su actividad tendrá una asignación 80% administrativo-docente y 20% de actividad asistencial.
MISIÓN DEL PUESTO: Conducir, coordinar y alinear transversalmente los recursos humanos y la gestión técnico sanitaria, de la calidad y balance costo efectivo, del área de Servicios Centrales, relacionados con los servicios de apoyo al trabajo clínico asistencial del Hospital Municipal Dr. Raúl A. Caccavo del Partido de Coronel Suarez, garantizando un servicio de calidad acorde a las necesidades de la comunidad, optimizando recursos, procedimientos y tiempo.
UNIDAD FUNCIONAL: La Unidad de Servicios Centrales, también denominada de Apoyo Clínico, es el conjunto de elementos destinados a la cooperación, soporte y asistencia en el proceso de atención médica de las diferentes áreas dependientes del Hospital Raúl Caccavo.
Tendrá a su cargo todas aquellas áreas que el organigrama institucional determine, teniendo bajo su responsabilidad proporcionar en forma planificada los servicios de soporte que el Hospital requiere para el correcto funcionamiento del ámbito Asistencial.
La Unidad de Servicios Centrales agrupara la coordinación de las actividades médico/técnicas y administrativas destinadas al soporte de la gestión sanitaria, englobando sectores como: Hematología, Imágenes, Nutrición, Laboratorio, kinesiología, agrupamientos técnicos, etc.
El Jefe de Departamento de Servicios Centrales será la autoridad máxima, siendo el responsable del funcionamiento médico y administrativo del área en todas sus dependencias. Reconocerá como autoridad jerárquica superior inmediata la del Director del Hospital, quien podrá valerse de otros Jefes de Servicio, Administrador y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organización y correlación del Establecimiento.
Ejercitará fundamentalmente la supervisión del funcionamiento de su Departamento en el aspecto técnico científico, administrativo y la dirección y distribución del trabajo de todo el personal a sus órdenes.
FUNCIONES
COMPETENCIAS TÉCNICAS:
DIAS Y HORARIOS: Los días y horarios de trabajo, se dispondrán sobre la base de la organización de la respectiva institución, según los requerimientos y necesidades de la planificación y ejecución de la actividad, debiéndose disponer de una distribución equitativa de lunes a viernes.
Deberá cumplir con el régimen laboral establecido en la presente, concurriendo a la Institución de Lunes a Viernes con una jornada mínima de 4 horas por la mañana, y el resto de la carga horaria planificada según los requerimientos y necesidades de disponibilidad del servicio o la institución en horario vespertino, nocturno y días no hábiles. Debiendo registrar ingreso y egreso.
REMUNERACIÓN: el profesional recibirá la remuneración regulada en los artículos 33, 35 y 38 de la ordenanza 7439/20 y su correspondiente reglamentación, para la carga horaria estipulada y en Función F3
MATERIALES: tanto los equipos como los materiales necesarios para la realización de las prácticas objeto del presente concurso, serán provistos por la institución sanitaria y/ la Secretaria de Salud del municipio.
DOCUMENTACIÓN:
1. - Hoja de inscripción, donde deberán consignarse los datos requeridos con dos (2) ejemplares impresos, con la nómina de los méritos y antecedentes exigidos para el respectivo concurso, en el mismo orden que lo estipula esta Carrera y con una (1) copia de las respectivas constancias.-
2. - Presentación de Documento de Identidad del postulante (L.E., L.C. o D.N.I.).
3. - Fotocopia autenticada del título profesional habilitante.
4. - Presentación de matrícula profesional y fotocopia de la misma, y certificado ético-profesional.
5. - Constituir domicilio legal en el partido de Coronel Suarez.
6.- Dar fehacientemente por conocidos los términos del llamado a concurso.
7.- Certificado médico de apto psicofísico.
Los datos aportados son considerados como declaración jurada. La falta de veracidad de dichos datos o de la documentación acompañada será causal de exclusión, debiendo elevarse las actuaciones con la documentación correspondiente a la Secretaría de Salud.
ART. 4. Se dará cumplimiento al artículo N⁰ 15 y 16 de la ordenanza 7439/2020 y su - - - reglamentación, con la difusión del presente llamado a concurso a través de la red de comunicación interna de la Dirección de Prensa los días 21, 22 y 23 de Julio de 2021; con periodo de Inscripciones los días 13, 17 y 18 de agosto de 2021, en la oficina de Recursos Humanos de la Secretaria de Salud de Coronel Suarez, de 8 a 12 hs; y Publicación del jurado e inscriptos el día 23 de agosto de 2021.
ART 5. De forma.