Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1455/2021

Decreto Nº 1455/2021

Coronel Suárez, 01/07/2021

Visto

la Ordenanza 7439/2020 y el decreto reglamentario 538/21 y sus modificatorias, que establece el procedimiento de llamado a  Concurso  para cubrir los cargos profesionales afectados al  Hospital Municipal “Dr. Raúl A. Caccavo” de la Municipalidad de Coronel Suarez, y

Considerando

Que se requiere el llamado a Concurso Cerrado  para cubrir el cargo de Jefe del Departamento de Servicios Centrales del Hospital Municipal “Dr. Raúl A. Caccavo” de la Municipalidad de Coronel Suarez,

Que el presente  se trata de un llamado a concurso cerrado para cubrir el cargo mediante la evaluación de méritos, antigüedad, antecedentes y oposición, mediante la asignación de tareas específicas al área, por el periodo de 4 años, según establece la ordenanza 7439/20.

Que el designado no deberá  estar comprendido en las incompatibilidades que disponen en el  artículo 9° de la Ordenanza 7439/20 y en función del reglamento de concursos dispuesto por las autoridades.

Que los postulantes deben presentar un  plan de trabajo, desarrollo y gestión que llevarán a cabo, en caso de obtener el cargo de función al cual se postulan, durante los cuatro (4) años que dura el mismo,  que formara parte del concurso.

Que es necesario establecer las funciones, régimen laboral,  misión, y condiciones técnicas del cargo a cubrir.

Por ello el Intendente de Partido, en uso de sus atribuciones;

 

D E C R E T A

ART. 1.  Llámese a CONCURSO CERRADO para cubrir el cargo  de Jefe del Departamento - - - - de Servicios Centrales del Hospital Municipal “Dr. Raúl A. Caccavo” de la Municipalidad de Coronel Suarez,

ART. 2. Establézcanse las siguientes características del Cargo:

 

Objeto: El profesional que resulte designado será nombrado  Jefe del Departamento de Servicios Centrales del Htal Dr. Raúl A. Caccavo, gozando de estabilidad y ejerciendo el cargo por un período de 4 años (Art. 11 de la Ordenanza 7439/20).

Lugar: La realización del trabajo específico será en instalaciones de esta institución sanitaria y sus dependencias.

Régimen laboral: El régimen horario semanal para el Profesional de Salud es el establecido en el Régimen Escalafonario Municipal, perteneciendo al  REGIMEN ESPECIAL para Profesionales de la Salud  establecido en la Carrera Profesional Hospitalaria, dispuesto en la ordenanza 7439/20; estableciéndose para este cargo en particular un régimen horario semanal de 30 hs, sin bloqueo de título. Su actividad tendrá una asignación 80% administrativo-docente y 20% de actividad asistencial.

MISIÓN DEL PUESTO: Conducir, coordinar y alinear transversalmente los recursos humanos y la gestión técnico sanitaria, de la calidad y balance costo efectivo, del área de Servicios Centrales, relacionados con  los servicios de apoyo al trabajo clínico asistencial del Hospital Municipal Dr. Raúl A. Caccavo del Partido de Coronel Suarez, garantizando un servicio de calidad acorde a las necesidades de la comunidad, optimizando recursos, procedimientos y tiempo.

 

UNIDAD FUNCIONAL: La Unidad de Servicios Centrales, también denominada de Apoyo Clínico,  es el conjunto de elementos destinados a la cooperación, soporte y asistencia en el proceso de atención médica de las diferentes áreas dependientes del Hospital Raúl Caccavo.

Tendrá a su cargo todas aquellas áreas que el organigrama institucional determine, teniendo bajo su responsabilidad proporcionar en forma planificada los servicios de soporte que el Hospital requiere para el correcto funcionamiento del ámbito Asistencial.

La Unidad de Servicios Centrales agrupara la coordinación de las actividades médico/técnicas y administrativas destinadas al soporte de la gestión sanitaria, englobando sectores como: Hematología, Imágenes, Nutrición,  Laboratorio, kinesiología, agrupamientos técnicos, etc.

 

El Jefe de Departamento de Servicios Centrales será  la autoridad máxima, siendo el responsable del funcionamiento médico y administrativo del área en todas sus dependencias. Reconocerá como autoridad jerárquica superior inmediata la del Director del Hospital, quien podrá valerse de otros Jefes de Servicio, Administrador y todo otro funcionario que por su jerarquía o especialización juzgue conveniente, a los efectos de establecer enlaces, para la armonía general en el funcionamiento, organi­zación y correlación del Establecimiento.

Ejercitará fundamentalmente la supervisión del funcionamiento de su Departamento en el aspecto técnico científico, administrativo y la direc­ción y distribución del trabajo de todo el personal a sus órdenes.

 

FUNCIONES

  • Deberá controlar y organizar los diferentes cronogramas de guardias activas y pasivas afectados a su Servicio, garantizando el cumplimiento de las mismas para la atención de los pacientes.
  • Colaborar a la ejecución de las metas asistenciales del establecimiento.
  • Colaborar a un trabajo cooperativo y sinérgico entre distintas dependencias y unidades del Establecimiento.
  • Velar por un desarrollo armónico de la infraestructura, el sostén tecnológico y del recurso humano en concordancia con los objetivos institucionales, las metas comprometidas y la sostenibilidad presupuestaria del establecimiento.
  • Desarrollar los procesos de apoyo clínico, de acuerdo a estándares, guías y protocolos que aseguren eficiencia y calidad.
  • Desarrollar la actividad de apoyo clínico, con pleno respeto a los derechos del usuario.
  • Desarrollar medidas preventivas tendientes a proteger a usuarios y funcionarios de riesgos innecesarios y evitables.
  • Apoyar un trabajo colaborativo y de progresiva integración con la red asistencial.
  • Organizar el recurso humano de su Servicio, atendiendo a la capacidad y categoría del personal, asegurando el buen funcionamiento para la mejor atención de los pacientes.
  • Establecer pautas de trabajo con el resto de las especialidades y coordinar su trabajo si se desarrollara en su unidad funcional.
  • Ser responsable de todas las actividades administrativas y profesionales del servicio.
  • Participar de los programas de calidad institucional y determinar los propios.
  • Programar actividades de educación continuada para el personal bajo sus órdenes.
  • Participar de los mecanismos  de comunicación formal e informal entre los distintos niveles de la estructura de Salud, así como en el área.
  • Garantizar una correcta información al paciente.
  • Establecer un programa de trabajo observando las directivas institucionales del hospital.
  • Brindar informe anual al COTA y aprobar las evaluaciones anuales  de gestión.
  • Cumplir con los objetivos generales de la Dirección del hospital y su plan estratégico de gestión.
  • Participar en la elaboración de normas, reglamentos y procedimientos del hospital y observar su cumplimiento.
  • Convocar y presidir reuniones con su grupo de trabajo.
  • Promover un buen ambiente de trabajo.
  • Fiscalizar el stock y utilización de los insumos llevando un riguroso control de los mismos.
  • Fiscalizar al personal, pudiendo elevar sus observaciones sobre mal cumplimiento de funciones a la Dirección del Hospital o Área de Recursos Humanos.
  • Colaborar con la Dirección en el contralor y evolución de las enfermedades que afecten al personal del Servicio.
  • Llevar un registro en la que conste el movimiento estadístico de su Servicio.
  • Todas sus gestiones, deberán dirigirse a la Dirección del Hospital, solicitando las mejoras necesarias de todo orden que considere oportuna. No podrá iniciar ninguna gestión externa, sino por intermedio de la Dirección del Hospital.
  • Ejercer la docencia e investigación y preocupar transmitir sus conocimientos y experiencia a sus colaboradores para asegurar la formación del nivel científico.
  • Participar de los ateneos, reuniones institucionales,  comisiones temporarias o permanentes, toda vez que sea convocado.
  • Mejorar y ordenar los procesos administrativos a fin de disminuir las barreras de acceso al sistema.
  • Será responsable de fiscalizar el correcto registro de las prestaciones, informes e  historias clínicas relacionadas a su sector.
  • Deberá velar cuidadosamente por la ética profesional del personal perteneciente a su Servicio.
  • Coordinar con la Dirección del Hospital, políticas activas de información y vinculación con la sociedad.

 

COMPETENCIAS TÉCNICAS:

  1. Poseer título profesional habilitante, comprendido en la normativa de la Carrera Profesional Hospitalaria.
  2. Capacidad de dominar los contenidos de las tareas, reglas y procedimientos del área específica de trabajo.
  3. Habilidades para comprender los procesos y los diferentes sistemas de redes de relaciones, y la capacidad de obtener y usar la información.
  4. Competencias organizacionales, capacidad de planificación, organización, y establecimiento de métodos propios de gestión integral, administración eficaz del tiempo y el espacio, desarrollo e innovación de los procesos de trabajo.
  5. Competencias comunicativas, capacidad de expresión y comunicación con todo el equipo de salud del área y con el nivel central. Capacidad de cooperación, de trabajo en equipo, fluidez en el diálogo, habilidad en prácticas de negociación y relaciones interpersonales. Habilidades mediáticas frente a los medios de comunicación, conferencias con sus pares y comunidad.
  6.  Competencias sociales, capacidad de utilizar todos los conocimientos obtenidos a través de las diferentes experiencias vividas en diversas situaciones encontradas en el mundo del trabajo. Capacidad de transferir los conocimientos de la vida cotidiana al ambiente de trabajo y viceversa.
  7.  Competencias personales, capacidad de asumir responsabilidad sobre el trabajo y adaptarse a nuevas tecnologías. Flexibilidad ante nuevas situaciones. Capacidad de dirigir grupos o equipos de trabajo del que dependen otros equipos y fomentar el compromiso del grupo.
  8. Competencias del ámbito salud, capacidad de interactuar con el paciente teniendo en consideración sus necesidades y debilidades, reconociendo y valorizando la salud como un derecho. Capacidad de brindar un servicio integral de salud "humano y profesional" a la comunidad, respetando la vida humana.
  9. Competencias de servicio, capacidad de comprender e indagar sobre los impactos que los profesionales tienen directa o indirectamente sobre los servicios brindados a los destinatarios / beneficiarios (comunidad). Implica esforzarse por conocer y resolver los problemas y necesidades de la comunidad.
  10. Competencias socio-políticas, capacidad de transmitir a la esfera del mundo del trabajo la conciencia de las cualidades y las implicancias éticas del trabajo. Compromiso social y ejercicio de la ciudadanía. Conocimiento normativo y organizacional del Sistema de Salud del partido de Coronel Suarez.

DIAS Y HORARIOS: Los días y horarios de trabajo, se dispondrán sobre la base de la organización de la respectiva institución, según los requerimientos y necesidades de la planificación y ejecución de la actividad, debiéndose disponer de una distribución equitativa de lunes a viernes.

Deberá cumplir con el régimen laboral establecido en la presente, concurriendo a la Institución de Lunes a Viernes con una jornada mínima de 4 horas por la mañana, y el resto de la carga horaria planificada según los requerimientos y necesidades de disponibilidad del servicio o la institución en horario vespertino, nocturno y días no hábiles. Debiendo registrar ingreso y egreso.

 

REMUNERACIÓN: el profesional recibirá la remuneración  regulada en  los artículos 33, 35 y 38  de la ordenanza 7439/20 y su correspondiente reglamentación, para la carga horaria estipulada y en Función F3

MATERIALES: tanto los equipos como los  materiales necesarios para la realización de las prácticas objeto del presente concurso, serán provistos por la institución sanitaria y/ la Secretaria de Salud del municipio.

DOCUMENTACIÓN:

1. - Hoja de inscripción, donde deberán consignarse los datos requeridos con dos (2) ejemplares impresos, con la nómina de los méritos y antecedentes exigidos para el respectivo concurso, en el mismo orden que lo estipula esta Carrera y con una (1) copia de las respectivas constancias.-

2. - Presentación de Documento de Identidad del postulante (L.E., L.C. o D.N.I.).

3. - Fotocopia autenticada del título profesional habilitante.

4. - Presentación de matrícula profesional y fotocopia de la misma, y certificado ético-profesional.

5. - Constituir domicilio legal en el partido de Coronel Suarez.

6.-  Dar fehacientemente por conocidos los términos del llamado a concurso.

7.-  Certificado médico  de apto psicofísico.

Los datos aportados son considerados como declaración jurada. La falta de veracidad de dichos datos o de la documentación acompañada será causal de exclusión, debiendo elevarse las actuaciones con la documentación correspondiente a la Secretaría de Salud.

ART. 4.  Se dará cumplimiento al artículo N⁰ 15 y 16  de la ordenanza 7439/2020 y su               - - - reglamentación, con la difusión del presente llamado a concurso a través de la red de comunicación interna de la Dirección de Prensa los días 21, 22 y 23 de Julio de 2021;  con periodo de Inscripciones los días 13, 17 y 18 de agosto de 2021, en la oficina de Recursos Humanos de la Secretaria de Salud de Coronel Suarez, de 8 a 12 hs; y Publicación del jurado e  inscriptos el día 23 de agosto de 2021.

ART 5.  De forma.