Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº20440

Ordenanza Nº 20440

Bahia Blanca, 24/09/2021

VISTO

 

Las presentes actuaciones mediante las cuales el Señor Leandro Damian NOTTI solicita la excepción para el desarrollo de uso “Gimnasio” en el inmueble sito en calle Avenida Alem Nº 1037, designado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Manzana 21 a; Parcela 26; Subparcela 2 – Partida 129084, y

 

CONSIDERANDO

 

Que, de acuerdo al informe del Departamento Planeamiento Urbano, a fojas 10 del presente expediente, el inmueble en cuestión pertenece, según el Código de Planeamiento Urbano (CPU), a la Zona Residencial Densidad Media Área Especial R1 (AE), Ordenanza Nº 10672 (Avenida Alem). La zona R1 (AE), comprende los lotes frentistas a la Avenida Alem desde eje calle Alsina hasta eje colectora N.O de la Avenida Juan Manuel de Rosas.

 

Que, agrega dicho Departamento que según el cuadro de usos Nº1 “Usos según distritos”, del Código de Planeamiento Urbano (C.P.U) (rubro Cultura – culto – esparcimiento), la actividad denominada “Gimnasio” se encuadra en el uso gimnasio, natatorio y no se encuentra permitida por la Ordenanza Nº 10672.

 

Que, a fojas 34 la Comisión Asesora de Planeamiento, mediate Acta 575 expresa, que el Colegio de Técnicos no considera viable dar curso a la excepción para la instalción del uso “Gimnasio” en Avenida Alem y considera necesario respetar lo establecido en la Ordenanza Nº 10672 hasta tanto se realice una modificación de la misma. Los Colegios de Agrimensura, Arquitectos e Ingenieros concuerdan en la posibilidad de dar curso a la excepción solicitada.

 

Que, a fojas 35 el Diector General de Planificación y Desarrollo Urbano concuerda con lo expresado por el resto de los Colegios y sugiere otorgar la excepción solicitada por el término de cuatro (4) años y condicionada a:

  • No ampliar la superficie destinada para la actividad, mas allá de lo declarado en la solicitud.

  • Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.


Que, por lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Autorízase con carácter de excepación el desarrollo del uso “Gimnasio”en el inmueble sito en calle Avenida Alem Nº 1037, designado catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Manzana 21a; Parcela 26; Subparcela 2 – Partida 129084.

 

ARTICULO 2º: La factibilidad autorizada en el Artículo 1º se extiende por un plazo de cuatro (4) años, condicionada a:

  • No ampliar la superficie destinada para la actividad, mas allá de lo declarado en la solicitud.

  • Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura atomática.

 

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.