Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2134

Decreto Nº 2134

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/09/2021

Visto las presentes actuaciones, solicitadas por el Departamento de Logística y Mantenimiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Infraestructura referidas a la adquisición de concreto asfáltico en caliente con destino a la Planta de Asfalto Municipal, conforme a solicitud de pedido N° 3884/2021, y;

CONSIDERANDO:

          Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cinco (5) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación;

                Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;

             Que, el Subsecretario de mantenimiento y el Secretario de Infraestructura, sugieren a fs. 194 se adjudique a la firma COINCE BAHIA S.A, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas, por ello, atento a la comparativa de ofertas obrante a fojas 192, y en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a fojas 196, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

 

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a la firma COINCE BAHIA S.A (Proveedor Nº 5.346), la provisión de concreto asfáltico elaboración en caliente con destino a la Planta de Asfalto Municipal, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas y por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES OCHENTA MIL ($4.080.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.

ARTICULO 2º)- Déjase constancia que el agente municipal Bayer Javier, Legajo Nº 14.933, será el responsable de la recepción y control del material a ser adquirido, en un todo en concordancia a lo establecido por el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades

ARTICULO 3º)- Cúmplase, dése al R.O., notifiquese, tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-