Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2118

Decreto Nº 2118

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/09/2021

Visto el presente Suministro originado por el Departamento Talleres y Maestranza dependiente de la Secretaría de Infraestructura, para la adquisición de Gas Oil grado 2, a cargar por surtidor, con destino al Departamento Saneamiento Ambiental (Campaña de Fumigación), conforme a solicitud de pedido N° 4010/2021, Y;

CONSIDERANDO:

                     Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firma inscriptas en el Registro de Proveedores, de las cuatro (4) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación;

                           Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Articulo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente”;

                          Por lo expuesto, en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a fs. 128, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a la firma RODOVIA S.A. , (Proveedor Nº 6.447), la provisión de Gas Oil grado 2, a cargar por surtidor, con destino al Departamento Saneamiento Ambiental (Campaña de Fumigación), por mejor oferta económica, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS CUARENTA ($5.920.740-), y en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.-

ARTICULO 2º)-  Déjase constancia que el agente Municipal Hugo Patricio Gonzalez Legajo Nº 11.682, será el responsable de la recepción, control y entrega del combustible, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 3°)- Cúmplase, dése al R.O., notifiquese, tome nota a sus efectos Departamento de   Compras, y demás dependencias municipales que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-