Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2079
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/09/2021
Visto las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referida a la adquisición de alimentos perecederos para Hogares Convivenciales - conforme a la solicitud de pedido Nº 4162/2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las ocho (8) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación;
Que, la adjudicación se realiza por mejor oferta total en el rubro Pollo - derivados y Panificados;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Por ello, atento a la comparativa de ofertas obrante a fojas 20 y en virtud a lo sugerido por el Departamento Compras a fojas 26, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTICULO 1°)- Adjudícase a SANCHEZ MARIANO (Proveedor Nº 5.168), la provisión de los ítems Nº 1 a 3, por única oferta conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS CIENTO CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($104.495,54), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTICULO 2°)- Adjudícase a COOPERATIVA DE TRABAJO 11 DE MAYO LIMITADA (Proveedor Nº 6.033), la provisión de los ítems Nº 4 y 5, por mejor oferta económica que cumple con los requerimientos solicitados, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($689.400,00), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTICULO 3°)- Déjase constancia que los responsables de la recepción y control de la mercadería, serán los agentes: Pamela Ayala - Legajo N° 15613, Alejandra Martin - Legajo N° 6989, Araceli Uthurralt - Legajo N° 6994, Luciana Pascual - Legajo N° 13979, Monica Angellini - Legajo N° 12335, Arhex Nelida - Legajo N° 6053, Rosana Colli - Legajo N° 6338, Gustavo Pellegrini - Legajo N° 6259, Olga Faath - Legajo N° 12269, Patricia Campo - Legajo N° 6030, Adriana Cerolini - Legajo N° 6859, en un todo de acuerdo con lo normado en el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe a fs. 3.-
ARTICULO 4º)-Cúmplase, dése al R.O., notifíquese, tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-