Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1340
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/05/2021
Visto las presentes actuaciones, referidas a una carpeta médica denegada y una falta injustificada, durante los días 16 y 19 de abril de 2021 respectivamente, de la agente Ana Cecilia CAÑELLAS PIRO, legajo 12.673, dependiente del Departamento de Recaudación, Y;
CONSIDERANDO:
Que, de los informes obrantes a fojas 3 y 4 emitidos por el Departamento de Administración del Personal, ha quedado acreditado que la agente Ana Cecilia CAÑELLAS PIRO, legajo 12.673, registra una carpeta denegada el día 16/04/2021 y una ausencia sin justificar el día 19/04/2021;
Que, a fojas 7 obra dictamen de la Dirección General de Técnica Jurídica, estableciendo que resulta correcta la aplicación del artículo 72 del CCT Municipal;
Que, el artículo 69 inciso c) punto 1 del CCT de Empleados Municipales (Ordenanza 18.601/16), dispone que: “... Todo trabajador podrá ser objeto de medidas disciplinarias por las causas que a continuación se determinan, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales fijadas por las leyes respectivas:... c) Suspensión. Son causales para aplicar la sanción de suspensión: 1- Las inasistencias injustificadas de dos (2) hasta diez (10) días por año calendario. La sanción se aplicará a razón de un (1) día de suspensión por día de inasistencia.-”
Que, a fojas 10, el Subsecretario de Ingresos Públicos establece que corresponde proseguir las siguientes actuaciones en los términos del artículo 72 del CCT (procedimiento abreviado) contra la agente Ana Cecilia CAÑELLAS PIRO, legajo 12.673, por encontrarse su conducta encuadrada dentro de las previsiones del artículo 69, punto c), inciso 1° del CCT de Empleados Municipales (Ordenanza 18.601/16);
Que, a fojas 13 y 14, obra descargo presentado en tiempo y forma por la agente Ana Cecilia CAÑELLAS PIRO, legajo 12.673;
Que, a fojas 16 el Subsecretario de Ingresos Públicos deja constancia que en el referido descargo la citada agente no ofreció medios de prueba en los términos del artículo 72 del CCT Empleados Municipales, mas allá de la pantalla “Parte Diario” de la web del empleado municipal que obra a fojas 15;
Que, a fojas 17 el Departamento de Personal informa que la carpeta médica del día 16 de abril de 2021 de la agente Ana Cecilia CAÑELLAS PIRO, legajo 12.673, se encuentra denegada;
Que, a fojas 21 queda ratificado por División Salud Laboral el informe sobre inasistencias de fojas 3 y 4, tal como se requiere a fojas 16 en virtud de las manifestaciones vertidas en el Descargo de fojas 13 y 14, no quedando prueba de descargo a producir;
Atento a ello y en virtud de lo dictaminado a fojas 7 y de lo solicitado a fojas 21 por la Subsecretaría de Ingresos Públicos, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE
ARTICULO 1°: Suspender sin goce de haberes a la agente Ana Cecilia CAÑELLAS PIRO, legajo 12.673, dependiente del Departamento de Recaudación, por el término de dos (2) días a partir de la reincorporación de la agente a sus tareas habituales, y en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69 punto c) inciso 1 de la Ordenanza nº 18.601/16 (C.C.T. Empleados Municipales, y en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 69 punto d) inciso 1 de al Ordenanza Nº 18.601/16 (CCT Empleados Municipales).-
ARTICULO 2°: Notifíquese, dése al R. O., tome conocimiento el Departamento de Administración del Personal, Departamento de Recaudación y Subsecretaría de Capital Humano.-