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Resolución Nº1296

Resolución Nº 1296

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/05/2021

VISTO las presentes actuaciones, atento el Recurso interpuesto a fojas 44 a 57 por parte de la firma SUPER PERU  S.R.L., Contribuyente Nº 34.456., respecto de la Resolución Nº 2-1829/2020 , y;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo Nº 29 quinto párrafo de la Ordenanza Fiscal, el cual reza: “En el caso de los Incisos e), f) y g), la resolución podrá obviar su desarrollo mediante remisión expresa al dictamen jurídico o pieza de las actuaciones que hubiera ya hecho mérito de los mismos”. A tal fin, se acompaña como parte de la presente resolución, copia del informa obrante a fojas 59 del Inspector Juan Pablo Marti dependiente del Departamento Inspecciones y copia del dictamen de fojas 60 a 61 vuelta realizado por el abogada Raul Donnari dependiente de la Subsecretaria Legal y Técnica;

Por lo expuesto, y en virtud de lo informado por el Departamento Inspecciones a fojas 62 y 62 vuelta, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 3211/2019:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º).- Rechácese el Recurso de Reconsideración efectuado por SUPER PERU  S.R.L., Contribuyente Nº 34.456, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTICULO 2º).- Intimar a SUPER PERU S.R.L., Contribuyente Nº 34.456, a que en el plazo de quince (15) días, contados a partir de su notificación, proceda al pago de la deuda fiscalizada que mantiene con la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA, en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, períodos 1º/2015 a 12º/2019, cuyo importe en concepto de capital asciende a PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($1.345.623,48.-) a valor nominal, y en concepto de
accesorios (recargos e intereses) a PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CINCO CON VEINTISIETE CENTAVOS ($932.105,27), siendo estos ajustados a la fecha del efectivo pago.-

ARTICULO 3º).- Cumplidos los plazos otorgados, verificado el incumplimiento de lo establecido en los artículos precedentes, gírese el presente expediente al área de Gestión de Cobros, para que inicie y prosiga contra SUPER PERU S.R.L., Contribuyente Nº 34.456las acciones judiciales necesarias pertinentes, hasta que la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA perciba de manera íntegra el pago de la sumas reclamadas, más los intereses, multas por omisión y Derechos de Oficina, desde la fecha de la presente, hasta la efectivización de los montos adeudados.-

ARTICULO 4º).- Cúmplase, dése al R.O, notifíquese con copia del informa obrante a fojas 59 del Inspector Juan Pablo Marti dependiente del Departamento Inspecciones y copia del dictamen de fojas 60 a 61 vuelta realizado por el abogada Raul Donnari dependiente de la Subsecretaria Legal y Técnica, tome nota Departamento Inspecciones, Hecho: ARCHÍVESE.-