Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1280
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/05/2021
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por GUILLERMO RUBEN AMODEO, Contribuyente Nº 30.823, mediante la cual solicita se lo exima del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y de los Derechos por Publicidad y Propaganda por encontrarse encuadrado en las Ordenanzas Nº 20.042 y Nº 20.130 y el Decreto Nº 2463/2020; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo Nº 3 de la Ordenanza Nº 20.042 prescribe: “Quedarán exceptuados también aquellos rubros comerciales que por disposiciones municipales, provinciales y nacionales se encuentren aun sin actividad”;
Que, el Artículo Nº 1 del Decreto Nº 2463/2020 establece: “Prorróguese las medidas dispuestas en la Ordenanza Nº 20.042, para las obligaciones cuyos vencimientos operen hasta el mes de diciembre de 2020 inclusive, en un todo de acuerdo a lo previsto en las presentes actuaciones y la mencionada Ordenanza”;
Que, el Artículo Nº 1 de la Ordenanza Nº 20.130 prescribe: “Exímase del pago de la Tasa de Alumbrado Limpieza y Conservación de la Vía Pública y de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene, a los siguientes rubros comerciales: ...
- Cines, Teatros, Centros Culturales, ...”
Por todo lo expuesto, y en virtud de lo informado por el Departamento de Análisis Política Fiscal obrante a fojas 12, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
RESUELVE
ARTICULO 1º): Exímese a GUILLERMO RUBEN AMODEO, Contribuyente Nº 30.823, en el pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y de los Derechos por Publicidad y Propaganda, por los vencimientos ocurridos entre julio de 2020 y diciembre de 2020, en un todo de acuerdo a los Artículos Nº 3 de la Ordenanza Nº 20.042 y Nº 1 Ordenanza Nº 20.130, y el Artículo Nº 1 del Decreto Nº 2463/2020, y los considerandos de la presente resolución.-
ARTICULO 2º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Análisis Política Fiscal, ARCHIVESE.-