Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1972

Decreto Nº 1972

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/09/2021

Visto las presentes actuaciones originadas por la Dirección General de Educación, para la contratación del servicio de acompañante terapéutico para niños y/o adolescentes - conforme detalle de la Solicitud de Pedido N° 4163 y Cláusulas Anexas, y; CONSIDERANDO:

Que, se realizó el correspondiente Concurso de Precios, recibiéndose la propuesta económica de una (1) firma inscripta en el Registro de Proveedores, de las tres (3) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación ;

      Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”

Por ello, atento a las cláusulas anexas obrantes a fs. 6/7 y en virtud a lo sugerido por el Departamento Compras a fs. 18, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a COOPERATIVA DE TRABAJO CUIDARTE LIMITADA (Proveedor Nº 8.792), la provisión del servicio de acompañante terapéutico para niños y/o adolescentes - conforme detalle de la Solicitud de Pedido N° 4163 y Cláusulas Anexas, por única oferta conveniente a los intereses municipales, por la suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE ($ 1.698.320.-) y en un todo acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.

ARTICULO 2º)- Déjase constancia que la Sra. Romina Ayala, D.N.I. N° 29.508.982, será la responsable de constatar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el adjudicado, en un todo de acuerdo con lo normado en el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el articulo 7° de las clausulas anexas obrantes a fs. 6/7.-

ARTICULO 3°)- Cúmplase, dése al R.O., notifiquese, tome nota a sus efectos Departamento de Compras, y demás dependencias municipales que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-