Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1905

Decreto Nº 1905

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/08/2021

Visto la solicitud de pedido Nº 3319/2021 referida a la adquisición de alimentos frescos para hogares convivenciales, solicitado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, por el período comprendido entre el 01 de octubre al 31 de diciembre de 2021, Y;

CONSIDERANDO,

                                   Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios, recibiéndose las propuestas económicas de dos (2) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las seis (6) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación.

                                   Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”

                                   Que, la adjudicación se realiza por mejor oferta total en los rubros: huevos, leche larga vida, fiambre y lácteos frescos;

                                      Que, atento la comparativa de ofertas obrante de fs. 22/24 y en virtud a lo sugerido por el Departamento Compras a fojas 37, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a DI LUCA ARNALDO ADRIAN. (Proveedor N° 5.161), la provisión del ítem N° 1 por mejor oferta total en el rubro huevos y los items N° 20 y 21 por mejor oferta total en el rubro leche larga vida, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS CON DIECINUEVE CENTAVOS  ($212.222,19.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.

ARTICULO 2°)-  Adjudícase a MAYORISTA QUESUR BAHIA S.R.L (Proveedor Nº 8.377), la provisión de los ítems N° 9 a 14, 18, 19 y 22 a 24, por mejor oferta total en el rubro lácteos frescos y el item N° 15 por mejor oferta total en el rubro fiambre, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS SEIS MIL VEINTITRÉS ($606.023-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.

ARTICULO 3°)- Dejase constancia que los items N° 16 y 17 no se adjudica debido a que la única oferta recibida supera ampliamente el valor preventivo y los items N° 2 a 8 no se adjudican debido a que no tienen oferta económica. 

ARTICULO 4°)- Dejáse constancia que a fs. 5 obra el listado de los responsables de la recepción y control de la mercadería a ser adquirida, en un todo en concordancia a lo establecido por el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 5°)- Cúmplase, dése al R.O., notifíquese, tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.