Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1901

Decreto Nº 1901

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/08/2021

 Visto el pedido de adquisición originado por la Dirección de Logística y Distribución, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, para la provisión de personal para intervenciones de mejoramiento de condiciones habitacionales sobre viviendas familiares e infraestructura comunitaria y capacitación a personas para confección de bienes para el hogar, traslado de mercadería y materiales y tareas vinculadas a las acciones especiales que el municipio lleva a cabo en el marco de la emergencia por Covid-19 - conforme se detalla en la Solicitud de Pedido Nº 3979, Memoria Descriptiva y Cláusulas Anexas - por el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2021, y;

CONSIDERANDO:

                  Que, a fojas 12 la Secretaria de Políticas Sociales solicita la contratación directa de la Cooperativa de Trabajo Centro Ltda, debido a que la misma fue constituida con apoyo municipal para brindar este tipo de servicios en el marco del Artículo Nº 156 Inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;   

                        Que, atento a la copia del dictamen legal adjunto a fojas 18, y lo normado en el Artículo Nº 156 Inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades donde se expresa: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: “8° Los servicios periódicos de limpieza y mantenimiento de bienes para funcionamiento de las dependencias del Municipio o para prestaciones a cargo del mismo.”; y en el Artículo Nº 132 Inciso c de la Ley Orgánica de las Municipalidades donde expresa: “La ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo. En las realizaciones mediante consorcios, convenios y demás modalidades, su intervención será obligatoria. Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando: c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos.” 

                              Por ello, atento las cláusulas anexas obrantes de fojas 9 a 11, y en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a fojas 19, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a la COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO LTDA. (Proveedor N° 6.591) la provisión de personal para intervenciones de mejoramiento de condiciones habitacionales sobre viviendas familiares e infraestructura comunitaria y capacitación a personas para confección de bienes para el hogar, traslado de mercadería y materiales y tareas vinculadas a las acciones especiales que el municipio lleva a cabo en el marco de la emergencia por Covid-19 - conforme se detalla en la Solicitud de Pedido Nº 3979, Memoria Descriptiva y Cláusulas Anexas - por el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2021, por la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TRES CON DOCE CENTAVOS ($971.403,12) y según los requerimientos establecidos en el presente expediente.-

ARTICULO 2º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota a sus efectos Departamento de Compras, demás dependencias municipales que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-