Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1863
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/08/2021
Visto la Solicitud de Pedido Nº 3402/2021, referida a la adquisición de KITS DE TEST RAPIDOS COVID-19, solicitados por la Secretaría de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Jefe de Compras informa a fs. 8 que por un error administrativo involuntario en la realización del Concurso de Precios, se cargo en el sistema R.A.F.A.M. como Compra Directa Varios Proveedores, no obstante ello, se cumplieron con los requisitos exigidos por la Ley Orgánica de las Municipalidades para los Concursos de Precios;
Que. se recibieron las propuestas económicas de cinco (5) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las once (11) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los Certificados de Notificación;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Que, el Secretario de Salud a fs. 61/62 sugiere se adjudique por mejor oferta económica, por ello y en virtud a lo sugerido por el Departamento Compras a fojas 64, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
DECRETA
ARTICULO 1º)- Adjudicase a SUAREZ RUBEN OMAR (Proveedor Nº 6.607) la provisión de KITS DE TEST RAPIDOS COVID-19, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones solicitadas y por la suma total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($1.572.500.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.-
ARTICULO 2°)- Dejase constancia que la responsable de la recepción y control de los insumos, será la agente municipal Soledad Gonzalez, Legajo N° 14.808, en un todo de acuerdo con lo normado en el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 3º)- Cúmplase, notifiquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.