Boletines/General Villegas

Decreto Nº743/21

Decreto Nº 743/21

Publicado en versión extractada

General Villegas, 14/05/2021

VISTO:

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “Leiva Federico Nicolás c/ Pereyra Christian Alberto s/ Incidente de Ejecución de Honorario - Expediente Nº 31921/21” registrado como Expediente Nº 3745/21, solicitando se trabe embargo por el porcentaje de ley, sobre los haberes que percibe el señor Christian Alberto Pereyra, D.N.I Nº 23.137.836 en concepto de capital (Honorarios) más el 20% que se presupuestan provisoriamente para cubrir accesorios legales; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4, obra el informe del Departamento de Personal, donde se consignan los datos del agente y determinando que corresponde trabar embargo por el porcentaje de ley sobre los haberes a percibir hasta cubrir la suma de Pesos setenta y nueve mil trescientos tres con 15/100 ($ 79.303,15.-) en concepto de capital más el 20% que se presupuestan para cubrir accesorios legales.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, solicitando se autorice a descontar mensualmente por el porcentaje de ley sobre los haberes que percibe el agente, hasta cubrir la suma consignada ($ 79.303,15) en concepto de honorarios más el 20% ($ 15.860,63) que se presupuestan para cubrir accesorios legales y se deposite en la Cuenta Judicial Nº 6627 - 027 – 0502661/6, CBU Nº 0140355627665750266169 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, a la orden de este Juzgado y para estos autos.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 8.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a descontar en el porcentaje de ley sobre los haberes que percibe el agente, Christian Alberto Pereyra Legajo Personal Nº 4812, agente transitorio mensualizado, 300 módulos, 36 horas semanales, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 30.01.00, hasta cubrir la suma de Pesos setenta y nueve mil trescientos tres con 15/100 ($ 79.303, 15.-) en concepto de honorarios con más el 20%, equivalente a la suma de Pesos quince mil ochocientos sesenta con 63/100 ($ 15.860,63) que se presupuestan provisoriamente para cubrir accesorios legales conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas en autos caratulados “Leiva Federico Nicolás c/ Pereyra Christian Alberto s/ Incidente de Ejecución de Honorarios – Expediente Nº 31921/21” registrado como Expediente Nº 3745/21.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 6627 - 027 – 0502661/6, CBU Nº 0140355627665750266169 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal General Villegas a la orden de este Juzgado y para estos autos.

ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:

74003 - EMBARGOS

ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.