Boletines/Coronel Rosales

Ordenanza Nº4108

Ordenanza Nº 4108

Coronel Rosales, 10/02/2022

ORDENANZA

Corresp. Expte. S-291/2021

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Autorízase y facúltase al Departamento Ejecutivo a no promover los juicios de apremio en procura del cobro de obligaciones cuando el inicio y trámite judicial se estime antieconómico para las arcas comunales, ello en concordancia con lo estipulado en la Resolución del Honorable Tribunal de Cuentas de fecha 11 de diciembre de 2008 que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.-

Artículo 2º: A efectos de lo establecido en el Artículo 1º el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a establecer mediante Resolución de la Secretaría de Economía el monto de la deuda ejecutable hasta el cual habrá de considerarse que el inicio del trámite de apremio resulta antieconómico para las arcas municipales no pudiendo dicho monto superar el ciento por ciento (100%) del sueldo básico de la categoría uno (1) del personal de planta permanente municipal en régimen de jornada de treinta (30) horas semanales.-

Artículo 3º: Establécese que la autorización brindada en el Artículo 1º de la presente, en ningún caso implica la renuncia a iniciar las acciones administrativas y/o legales que el Departamento Ejecutivo considere pertinente para el recupero del cobro de las mencionadas obligaciones.-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

SANCIONADA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

Firmado Nicolás Aramayo Presidente

Pablo Zaragoza Secretario Legislativo

Anexos

No promover juicios de apremio antieconomicos

cobro de obligaciones

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