Boletines/Coronel Rosales

Ordenanza Nº4100

Ordenanza Nº 4100

Coronel Rosales, 30/12/2021

ORDENANZA

Corresp. Expte. D-117/2021

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Impleméntese en la totalidad de los recibos municipales de tasas y/o contribuciones cupón con código QR destinado a la colaboración voluntaria del contribuyente con la Asociación Bomberos Voluntarios de Punta Alta.-

Artículo 2º: El monto y formato del cupón de colaboración voluntaria será fijado por Decreto Municipal, estableciéndose en un comienzo para el año 2022 la suma de PESOS CINCUENTA ($50).-

Artículo 3º: El monto de la colaboración establecida será de pago netamente voluntario para el contribuyente, no generará a su cargo deuda y no devengará intereses ni recargos de ningún tipo para el mismo.-

Artículo 4º: Se crearán las cuentas contables correspondientes a fin de que sean depositadas e identificadas las sumas recaudadas con motivo de las colaboraciones recaudadas.-

Artículo 5º: La entrega de los fondos a Bomberos Voluntarios de Punta Alta será mensual y se efectivizará del 5 al 10 de cada mes.-

Artículo 6º: Para el caso de que la recaudación anual no supere la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000) el Municipio integrará, con fondos propios a afrontar con la partida de Subsidios a Instituciones, el saldo que restare para cubrir dicha cifra.-

Artículo 7º: Se creará también un cupón de Código QR para colaboración voluntaria de los contribuyentes con Bomberos Voluntarios de Pehuen Co, a la par de crearse la cuenta contable correspondientes para el depósito e identificación de las sumas recaudadas por este concepto. Dicho Código QR será colocado en la Delegación Municipal de Pehuen Co, Oficina de Turismo, alojamientos y comercios de dicha localidad, en todos los casos en lugares visibles y de acceso público general. La entrega de los fondos a Bomberos Voluntarios Pehuen Co será mensual y se efectivizará del 5 al 10 de cada mes.-

Artículo 8º: Se realizarán en ambos casos (Bomberos Punta Alta y Bomberos Pehuen Co) campañas de promoción y fomento de la colaboración voluntaria a la que la presente refiere.-

Artículo 9º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA EN SESION EXTRAORDINARIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS  TREINTA DIAS DEL MES DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.

Firmado Nicolás Aramayo Presidente

Pablo Zaragoza Secretario Legislativo