Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 4059
Coronel Rosales, 12/08/2021
ORDENANZA
Corresp. Expte. O-38-2021
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza 3766 quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a otorgar, a solicitud del interesado y por única vez, previo informe de las oficinas pertinentes, una habilitación provisoria a los locales y establecimientos comerciales a iniciarse, siempre que se cumplimenten las condiciones relativa a la salubridad, seguridad e higiene que exigen las normativas vigentes cuando:
En el caso de los incisos “a”, “b”, “c”, la habilitación se otorgará, previo pago de derechos y tasas que sean exigibles, por el término de seis (6) meses. Vencido dicho plazo la habilitación provisoria quedará extinguida de pleno derecho. Será potestad de la Secretaria de Gobierno del Municipio y/o del área dependiente de la misma determinar la necesidad de informes complementarios y/o cualquier medida probatoria que abone el extremo declarado.”
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo