Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 581/21
Coronel Rosales, 25/10/2021
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº S-180/21 correspondientes a la Licitación Pública Nº 13/21 instrumentada para la adjudicación de la Obra denominada “Refuncionalización Hospital Municipal Eva Perón”, la Resolución de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de fecha 06 de Octubre de 2.021, la consideraciones vertidas por dicha Secretaría en el informe de fecha 20 de Octubre de 2.021, Y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 452/21 se dispuso el llamado a Licitación Pública Nº 13/21 instrumentada para la adjudicación de la Obra denominada “Refuncionalización Hospital Municipal Eva Perón” aprobándose en dicho acto Pliego de Bases y Condiciones a tal efecto.-
Que la presente contratación se fundamenta en la necesidad de remodelar y refuncionalizar el Hospital Municipal Eva Perón interviniendo las áreas de consultorios, atención al público, archivo, farmacia, laboratorio, oncología y sala de espera en aras de optimizar al máximo las dependencias del edificio y los servicios que en el mismo se prestan.-
Que efectuado el pertinente llamado licitatorio “Talleres Irrazabal S.A.”, “Omar Marciano Ebers”, “Irontech Argentina S.A.” y “Gutasa Servicios integrales S.A.” presentaron ofertas y cotizaciones que corren agregadas en estas actuaciones y de las que da cuenta el Acta de apertura de propuestas obrante en autos.-
Que con fecha 04 de Octubre de 2.021 se emitió dictamen legal en relación a los presupuestos legales de validez exigidos por la documentación licitatoria, Ley de Obras Públicas de la Pcia. de Buenos Aires (Ley 6021) y Ley Orgánica de las Municipalidades (Dto. Ley Nº 6769/58).-
Que por Resolución de fecha 06 de Octubre de 2.021 dictada por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento se intimó a las firmas oferentes la subsanación y cumplimientos de las deficiencias advertidas en su presentaciones de ofertas habiendo sido dicha resolución notificada fehacientemente a todos los oferentes.-
Que se encuentra cumplido el plazo fijado en la referida Resolución.-
Que, sin perjuicio de ello, ha de observarse el incumplimiento en la oferta presentada por “Omar Marciano Ebers” entre otras de las previsiones de los Arts. 21.2 incs. a, b, e y f del PBCG.-
Que el incumplimiento mencionado no resulta subsanable y configura causal de rechazo de oferta económica recepcionada (Art. 21 y cctes. PBCG).-
Que analizadas por parte de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de esta Comuna las ofertas presentadas se eleva informe de fecha 20 de Octubre de 2.021 según el cual se sugiere adjudicar esta Licitación Pública Nº 13/21 en favor de la firma “Irontech Argentina S.A.” considerando su cotización dentro de los parámetros y valores de mercado, resultando incluso inferior a los valores analizados y estudiados al efecto por dicha Secretaría para la confección del Presupuesto Oficial de la presente Licitación, todo lo cual redunda en beneficio del Municipio.-
Que se ha cumplido lo dispuesto por los Arts. 132, 133 y cctes. de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Arts. 104 y cctes. del Decreto Provincial Nº 2980/00- RAFAM).-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades: DECRETA
ARTICULO 1º: Desestimar la oferta económica presentada por “Omar Marciano Ebers” por los fundamentos desarrollados en los “Considerandos” y en virtud de lo dispuesto por el Art. 21 y cctes. del PBCG.-
ARTICULO 2º: Adjudicar a la firma “Irontech Argentina S.A.” la Licitación Pública Nº 13/21 instrumentada para la ejecución de la Obra denominada “Refuncionalización Hospital Municipal Eva Perón” por la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON NUEVE CENTAVOS ($ 17.111.683,09.-) con un plazo de ejecución de obra de ciento ochenta (180) días contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio de Obra.-
ARTICULO 3º: Notifíquese el presente acto administrativo e intimase al adjudicatario para que comparezca al Area de Asuntos Legales de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales en el término de treinta (30) días corridos, contados desde su notificación, con la documentación exigida por los Arts. 40 y 41 del PBCG y demás documentación que fuere requerida por el Pliego de Bases y Condiciones a efectos de proceder a la suscripción del pertinente Contrato de Obra.-
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Obras Públicas y Planeamiento.-
ARTICULO 5º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía y de Gobierno, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese en la forma de estilo a la firma adjudicataria y a las restantes firmas participantes. Gírese a Asuntos Legales, Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento.- Hecho, resérvese.-