Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 544/2021
Coronel Rosales, 01/10/2021
Las actuaciones promovidas en el presente Expte, A-57/21. Y
Visto
Las actuaciones promovidas en el presente Expte, A-57/21. Y
Considerando
Que las mismas están relacionadas con la solicitud de Cese por Jubilación en FORMA CONDICIONADA, del agente Municipal de Planta Permanente AYUSO RAUL HORACIO, Leg: 2881.-
Que mediante Acta de Fecha 22 de Octubre de 2020 emitida por el señor Jefe de Previsión Social, Lic. GUSTAVO SAAVEDRA, se ha mantenido una entrevista con el titular, con motivo de establecer fecha de Cese Jubilatorio.-
Que de las reuniones mantenidas con el titular, surge que se jubilara por la ANSES.-
Que de las conclusiones, la tramitación se realizara por Cierre de Cómputos a partir del 01 de octubre de 2021 y se le otorgara el cese definitivo una vez que la ANSES acuerde el Beneficio Jubilatorio.-
Que en consecuencia debe procederse al dictado del acto administrativo correspondiente.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º: Disponer el Cese Condicionado del Agente Municipal de Planta Permanente AYUSO RAUL HORACIO, DNI: 12.159.552, LEG: 2881, Clase 1956, a partir del 01 de octubre de 2021, Situación de Revista: Profesional, Nivel 19, jornada, Jornada de 30 Hs., Estructura programática: 1110108000-52-1, Dependiente de la Secretaría de Salud, estableciéndose que el presente se realiza por CIERRE DE COMPUTOS, a la aceptación del Beneficio Jubilatorio por parte de la ANSES.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 3º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Salud, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese a la interesada y regístrese en su legajo.- Comuníquese al Departamento de Liquidación de Haberes y a la Jefatura del Departamento de Previsión Social.- Hecho, archívese.-
DECRETO Nº 544/21