Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 497/21
Coronel Rosales, 01/09/2021
Visto
Las actuaciones promovidas en el Expte B-32/21, la solicitud efectuada por el contribuyente a fs.1 del citado expediente de acceder a los beneficios establecidos por la Ordenanza 3321; el legajo de la partida 3800, y
Considerando
Que el Art. 3 de la Ordenanza 3321, faculta al Departamento Ejecutivo a aplicar las previsiones contenidas en el Art. 1 de la Ley 13536.-
Que la Sra. Directora de Rentas, dictaminó manifestando que se encuentra realizado el análisis requerido por el Art. 4 de la Ordenanza 3321, resultando factible acceder a lo solicitado.-
Que en consecuencia es menester proceder al dictado del acto administrativo correspondiente.-
Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º: Condónense los períodos anteriores a la cuota 6 del 2001 de la Tasa de Alumbrado Barrido y Limpieza de la Partida 3800.-
ARTICULO 2º: A través de la Dirección de Rentas Municipales, dese de baja padrón impositivo los períodos condonados.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía.-
ARTICULO 4º: Regístrese.- Tome conocimiento la Secretaría de Gobierno.- A través de la Dirección de Rentas notifíquese a las Jerarquias inferiores que correspondan.- Notifíquese al interesado.- Cumplido, archívese.-