Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº457/21

Decreto Nº 457/21

Coronel Rosales, 23/08/2021

Visto

Las actuaciones promovidas en el Expte. S-166/21, y

Considerando

Que del Fondo I para la activación Turística y Cultural quedó un remanente total por un monto de PESOS TRESCIENTOS UN MIL ($ 301.000,00.-) perteneciente a la categoría “Servicios de Alojamiento”.-

Que del Fondo I para la activación Turística y Cultural quedó un remanente total por un monto de PESOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($1.787,28), mientras que del Fondo II el saldo remanente fue de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DOCE CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($479.312,81) sumando un saldo no distribuido de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIEN CON NUEVE CENTAVOS ($481.100,09.-).- 

Que de acuerdo al Art. 3 del ANEXO NºIF-2021-17270447-GDEBA-SSTAYLMPCEITGP ANEXO II: PAUTAS DE DISTRIBUCIÓN, se debe proceder a la redistribución de los Fondo Remanentes.-

Que en consecuencia es menester proceder al dictado del acto administrativo pertinente.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES  en uso de sus facultades; DECRETA

ARTICULO 1º: Disponer la redistribución del Fondo I perteneciente a la categoría “Servicios de Alojamiento” en la categoría “Infraestructura para el desarrollo de deportes turísticos” por el monto PESOS TRESCIENTOS UN MIL ($ 301.000,00.-) a los siete (7) establecimientos aprobados y verificados de la siguiente forma:

 

  • CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA      $43.000,00.-

  • CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ARGENTINO                $43.000,00.-

  • CLUB DE PESCA Y NÁUTICA LOS 40                          $43.000,00.-

  • CLUB SPORTING   $43.000,00.-  

  • CLUB ATLÉTICO LOS ANDES                                       $43.000,00.-

  • CLUB ATLÉTICO PELLEGRINI                                      $43.000,00.-

  • CLUB ATLÉTICO ROSARIO PUERTO BELGRANO   $43.000,00.-

 

ARTICULO 2º: Disponer la redistribución del Fondo I y II en la categoría “Infraestructura para el desarrollo de deportes turísticos” por un monto de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIEN CON NUEVE CENTAVOS ($481.100,09.-) a los  establecimientos aprobados y verificados que se detallan a continuación:

 

  • CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA      $48.110,00.-

  • CLUB SOCIAL MAYORES Y MENORES P. ALTA         $48.110,00.-

  • CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ARGENTINO                $48.110,00.-

  • RIVER PLAY FUTBOL CLUB                                         $48.110,00.-

  • CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO VILLA ARIAS                $48.110,00.-

  • CLUB DE PESCA Y NÁUTICA LOS 40                         $48.110,00.-

  • CLUB SPORTING   $48.110,00.-  

  • CLUB ATLÉTICO LOS ANDES                                      $48.110,00.-

  • CLUB ATLÉTICO PELLEGRINI                                      $48.110,00.-

  • CLUB ATLÉTICO ROSARIO PUERTO BELGRANO      $48.110,00.-

 

ARTICULO 3º: Todas las rendiciones de gastos que, en cumplimiento de la normativa aplicable, realicen los beneficiarios abarcados por la distribución de fondos deberán ser presentadas con anterioridad al 17 de septiembre del 2021 y reflejar con exclusividad gastos realizados en comercios habilitados en el Partido de Coronel Rosales y con destino al acondicionamiento de los locales y/o espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios aprobados  correspondientes a las actividades Turísticas y Culturales y gastos asociados a la reapertura de las mismas (compra de insumos, materiales, equipamientos y mantenimientos de locales).-

 

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.-


ARTICULO 5º: Regístrese. Tomen conocimiento la Secretaria de Economía, la Dirección de Turismo y la Dirección de Cultura, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a los interesados en la forma de estilo. Gírese al Dpto. de Contaduría y a tesorería para su cumplimiento. Hecho, resérvese.-