Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 446/21
Coronel Rosales, 17/08/2021
Visto
Las actuaciones promovidas en el Expte. S-166/21, el Decreto Provincial Nº 644/20, la Resolución Nº 453/20 y sus rectificatorias Nº 654/20 y Nº 280/21 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y la Resolución conjunta Nº 3/21 con el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 644/20 se creó el “Fondo Especial Municipal para la reactivación Cultural y Turística” a efectos de que la Provincia de Buenos Aires asista económica y financieramente a los Municipios en apoyo a las actividades culturales y turísticas afectadas por el COVID-19.-
Que dicho Fondo Especial fue creado en el marco de la emergencia declarada por la Ley Nacional Nº 27.451 y la Ley Provincial Nº 15.165.-
Que mediante Resolución Conjunta Nº 3/21 por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires se aprobó la reglamentación de la Tercera Edición del “Fondo Especial Municipal para la reactivación Cultural y Turística”, creado por el Decreto Provincial Nº 644/20 y cursada, que fuera la solicitud establecida por el Art. 2º de dicha Resolución para la adhesión del Municipio de Coronel Rosales a dicho fondo, el Ministerio de Producción Provincial mediante Resolución Nº 452/21 Anexo III, dispuso la asignación al Municipio de Coronel Rosales de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL ($ 9.370.00,00.-) en razón de contar con 163 establecimientos validados inscriptos en el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires”.-
Que los fondos recibidos en el marco del presente programa de reactivación corresponde distribuirlos con adecuación a los destinos porcentuales, autorizados al efecto.-
Que en consecuencia es menester proceder al dictado del acto administrativo pertinente.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º: Disponer el monto mencionado en los considerandos de la siguiente forma:
a) La suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000,00.-) destinados a las Agencias de Viaje León Travel y LTouroperador, correspondiendo $70.000 (pesos setenta mil) para cada una.
b) La suma de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL ($ 560.000,00.-) a Bibliotecas, Museos, Salas de Exhibición y Teatros siendo discriminados de la siguiente forma:
Bibliotecas PESOS CIEN MIL ($100.000,00.-) correspondiendo un monto de PESOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS ($ 22.500,00.-) para: Biblioteca Popular Alberdi, Fermín Ancalao, Luis Luiggi y Mercedes de San Martín y el monto de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00.-) a la Biblioteca Betún.-
Museos PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00.-) correspondiendo para el Museo Crucero ARA Gral. Belgrano y el Museo Histórico de Veteranos de Guerra de Malvinas Sequeiros Jerez el monto de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000,00) a cada uno.-
Salas de Exhibición PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 210.000,00.-): correspondiendo $120.000,00 para el Cinema Colón y un monto de $45.000,00 para el Centro Cultural Juan B. Alberdi y Sala de Exposiciones Amigos de Pehuen-Co.-
Teatros PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL ($ 210.000,00.-) correpondiendo $80.000,00 para Theatron Multiespacio Cultural y Por Amor al Arte, y la suma de $50.000,00 a Mariana Estefania Schwindt.-
c) La suma de PESOS CINCO MILLONES CUARENTA MIL ($5.040.000,00) a distribuir entre 72 establecimientos culturales independientes, comunitarios, autogestivos y privados:
PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL ($ 2.660.000,00) distribuidos a razón de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL ($95.000,00.-) a cada uno de los siguientes beneficiarios inscriptos: Caritas María Auxiliadora, Federación de Sociedades de Fomento, Holzman Raúl Cristian, Juana Virginia Zentner, Montes Hugo Pedro, Sociedad de Fomento Nueva Bahía Blanca, Sociedad de Fomento Villa General Arias, Sociedad de Fomento Barrio Norte, Sociedad de Fomento Atepam Luiggi, Centro de Residentes Tucumanos, Sociedad de Fomento barrio Las Dunas, Consorcio Albatros XIV, Sociedad de Fomento Barrio Congreso, Sociedad de Fomento Barrio Gottling-Marisol, Centro de Residentes Salteños en Punta Alta, Centro de Residentes Catamarqueños en Punta Alta, Sociedad de Fomento El Trébol, Centro de Residentes Sanjuaninos, Sociedad de Fomento Barrio Los Rosales, Sociedad de Fomento Centenario, Sociedad de Fomento Barrio Laura, Sociedad Española, Asociación de Residentes Jujeños de Punta Alta, Rodríguez Natalia Verónica, Sociedad Italiana de Socorros Mutuos unión y progreso de Punta Alta, Sociedad de Fomento Barrio Parque San Martín, Paz Juan Carlos, Centro de la tercera edad de los Abuelos Rosaleños.-
PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 1.898.750,00.-) distribuido a razón de PESOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 61.250,00.-) a cada uno de los siguientes beneficiarios inscriptos: Entramados Teatro, Arevalo Juan Carlos, Nora Patricia Diaz, Ballet Folclórico Coronel Rosales, Analia Verónica Lencinas, Asociación Dante Alighieri, Batucada Ritmo Imponente, Agrupación Folklórica Nuevo Amanecer, Etelvina Edit Cruz, Valeria Laura Llaría, Valeria Melina Ulinczki, Valeria Lorena Vergara, Academia de Danza Kadosh, Compañía de Teatro Abuelos Rosaleños, Peña Estrella Sureña, QUERUB, Compañía de Teatro Cuestión de Género, Asociación Cultural Punta Alta, Miguel Angel Vital, Centro de Jubilados y pensionistas civiles de todas las cajas de previsión social, Agrupación folclórica Los Amigos, Compañía de Teatro El Tablado, Alvarez Leandro Damián, Elías Gastón Silva, Murga de la Abuela, Coral Punta Alta, Circo Colorín Colorado, Cantarte Grupo Vocal, La Rosaleña del Sur, Agrupación Folclórica Éxodo Jujeño y Vanina Mariel Alberto.-
PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($481.250,00) distribuido a razón de PESOS TREINTA Y SIETE MIL ($37.000,00.-) a cada uno de los siguientes beneficiarios inscriptos: Omar Roldán, Lucía de Los Ángeles Rodríguez, María del Carmen Barrionuevo, Alan Rodríguez, María Laura Samira Salman Dib, Gustavo Martínez, Soledad García, Ramiro Narvaez, Martín Ariel Rivas, Miriam Marisa Orsi, Creamos y Espacio Cultural tu casa y un monto total de PESOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($37.250,00.-) a Silvia Elena Municoy.-
d) La suma de PESOS QUINIENTOS SESENTA MIL ($560.000,00), a distribuir entre 14 establecimientos, espacios y comercios vinculados a la música:
PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL ($155.000,00), asignando PESOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($77.500,00) para Vientos Puntaltenses y Orquesta Estudiantil Punta Alta.-
PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($180.000,00), distribuyendo PESOS SESENTA MIL ($60.000,00) para Estudio 206, Sala de ensayo el Acorde y Estudio de grabación Fisura Nativa.-
PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($225.000,00), asignado PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00) a Julio Romero DJ, DJ Jr., Brío Producciones, La Guarda, Iluminación M y M, JAV Producciones, Magee Orlando Danza de Estudio y Gimnasio, Decibeles Producciones y LG Productora.-
e) La suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS CUARENTA MIL ($1.740.000,00) para distribuir entre las Ferias Artesanales, Turismo de Naturaleza, Turismo Rural y Servicios de Alojamiento que se realizará conforme a los siguientes criterios:
Ferias Artesanales PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00) distribuyendo ($75.000,00) para La Aldea de los Artesanos, ($35.000,00) para Moraleja, Chirusas y Creaciones Maby cada una y a La Feria del Pueblo, inscripta en la segunda convocatoria ($20.000,00).-
Servicio de Alojamiento PESOS NOVECIENTOS OCHENTA MIL ($980.000,00), distribuyendo ($70.000,00) a cada uno de los siguientes inscriptos: Buena Caza Estación de descanso, Coquimbo, Complejo Alameda, Ruca Antu, Pinares, Las Ondinas, Residencia La Toscana, Oasis Pehuen-co Aparts, Terrazas Apart, Lo de Tere en Pehuen, Hotel Círculo Oficiales de Mar, Residencial Belgrano, Hotel La Posada y Hotel Center.-
Turismo Naturaleza PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL ($320.000,00): Humedal Costero Marino FRAAM, Humedal HAPIC, Asociación de Fomento Villa del Mar, Aero Club Punta Alta ($60.000,00) a cada uno y Complejo Villa del Mar, La Marquesa, Transportes Navales Eckardt S.A., Escuela de Música y Arte LA TONA ($20.000,00) a cada uno.-
Turismo Rural PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($240.000,00), distribuido en: Escuela Secundaria Agraria Nº1 “Pedro José Orozco” ($60.000,00); Tu Casa de Hierbas ($20.000,00) y a Finca Clementina, Huerta Lilen, Namuncurá y Don Tomás un monto de ($40.000,00) a cada uno.-
f) La suma de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA MIL ($1.330.000,00.-) a distribuir en deportes turísticos e instituciones culturales educativas:
Infraestructura para el desarrollo de deportes turísticos ($280.000,00): PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL ($ 168.000,00) asignando $21.000,00 a cada uno de los beneficiarios inscriptos: Club Social y Deportivo Juventud Unida, Club Social Mayores y Menores de Punta Alta, Club Social y Deportivo Argentino, River Play Fútbol Club, Club Social y Deportivo Villa Arias, Club de Pesca y Náutica los 40, Club Náutico Punta Alta y Cazadores Diana.
PESOS NOVENTA Y DOS MIL ($92.000,00) distribuidos en $23.000,00 a cada inscripto: Club Sporting, Club Atlético Los Andes, Club Atlético Pellegrini y Club Rosario Puerto Belgrano.
PESOS VEINTE MIL ($20.000,00) a Embarcaciones Islas Noel y Atletismo Luz y Fuerza por un monto de ($10.000,00) a cada uno.-
Instituciones culturales educativas ($1.050.000,00.-)
PESOS SETENTA MIL ($70.000,00.-) a cada uno de los siguientes beneficiarios: Daniel Alfredo Hueso, Luz Sagrada, Sangre Andina, Agrupacion Folcklorica Cielo Argentino, Graciela Tapia, Tacita de Plata, Valeria Mora y Sachachoj.-
PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00.-) a cada uno de los siguientes beneficiarios: Giroscopio Teatro Independiente, Academia X y Maria José Ponce.-
PESOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($92.500,00.-) a cada uno de los siguientes beneficiarios: Coopehuen Cel, Coro Lengua de Señas, Instituto de Música Crucero General Belgrano y Compañía de Teatro.-
ARTICULO 2º: Todas las rendiciones de gastos que, en cumplimiento de la normativa aplicable, realicen los beneficiarios abarcados por la distribución de fondos deberán ser presentadas con anterioridad al 17 de septiembre del 2021 y reflejar con exclusividad gastos realizados en comercios habilitados en el Partido de Coronel Rosales y con destino al acondicionamiento de los locales y/o espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios aprobados correspondientes a las actividades Turísticas y Culturales y gastos asociados a la reapertura de las mismas (compra de insumos, materiales, equipamientos y mantenimientos de locales).-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 4º: Regístrese. Tomen conocimiento la Secretaria de Economía, la Dirección de Turismo y la Dirección de Cultura, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a los interesados en la forma de estilo. Gírese al Dpto. de Contaduría y a tesorería para su cumplimiento. Hecho, resérvese.-