Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 234/21
Coronel Rosales, 06/07/2021
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº D-109/20, la solicitud obrante a fs. 02/05 relacionada con el anexo de rubro al local comercial ubicado en calle Luiggi Nº 180 de la ciudad de Punta Alta destinado al funcionamiento del comercio bajo el rubro: Confitería bailable, Código de Actividad: 84.901.01, Rubro a Anexar: Expendio de comidas rápidas con servicio de salón lo previsto por las Ordenanzas Municipales Nro. 2660 y 3970, el Decreto Municipal Nº 110/21, Y
Considerando
Que de la documentación obrante en estas actuaciones y de los informes producidos a partir de la intervención del personal idóneo en materia de bromatología, obras y seguridad e higiene dependiente de la Dirección de Producción y Desarrollo surge que se encuentran cumplidos en debida forma todos los requisitos exigidos para dar curso favorable a la solicitud de anexo de rubro: Expendio de comidas rápidas con servicio de salón al local ubicado en calle Luiggi Nº 180 de la ciudad de Punta Alta destinado al funcionamiento del comercio bajo los rubros: Confitería bailable, expendio de comidas rápidas con servicio de salón, (Códigos de Actividades: 84.901.01 – 62.200.07).
Que la Dirección de Bomberos, Cuartel Bahía Blanca, dependiente del Ministerio de Seguridad, labró “Acta Final” certificando que se ha cumplido con las condiciones de extinción solicitadas en el asesoramiento O.T 10/21 de fecha 28 de enero de 2021.
Cuando el local funcione como “Confitería bailable”, el factor de ocupación otorgado para cada sector es: PLANTA BAJA: doscientas (200) personas. PLANTA ALTA: cincuenta (50) personas. PATIO: veinte (20) personas.
Cuando el local funcione como “Expendio de comidas rápidas con servicio de salón”, el factor de ocupación para cada sector es: PLANTA BAJA sesenta y siete (67) personas, PLANTA ALTA: cincuenta (50) personas, PATIO: veinte (20) personas.-
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de las facultades; RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Concédase el ANEXO DE RUBRO expendio de comidas rápidas con servicio de salón al comercio Nº 4966 ubicado en la calle Luiggi Nº 180 de la ciudad de Punta Alta, identificado con la partida 12893 para el funcionamiento del comercio destinado a los rubros: CONFITERÍA BAILABLE, EXPENDIO DE COMIDAS RÁPIDAS CON SERVICIO DE SALÓN, Códigos: 84.901.01 – 62.200.07, siendo la superficie destinada a la actividad de 682,94 m², con capacidad ocupacional por sector para el funcionamiento del rubro CONFITERÍA BAILABLE: PLANTA BAJA DOSCIENTAS (200) PERSONAS, PLANTA ALTA CINCUENTA (50) PERSONAS, PATIO VEINTE (20) PERSONAS. La capacidad ocupacional para el funcionamiento del rubro EXPENDIO DE COMIDAS RÁPIDAS CON SERVICIO DE SALÓN: PLANTA BAJA: SESENTA Y SIETE (67) PERSONAS, PLANTA ALTA CINCUENTA (50) PERSONAS, PATIO VEINTE (20) PERSONAS, cuyo titular es DISCO MEDITERRANEO S.A., CUIT: 30-64.485.388-4.-
ARTICULO 2º: La presente Resolución será refrendada por la Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 3º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a la Dirección de Producción y Desarrollo para su prosecusión. Notifíquese al interesado en la forma de estilo. Oportunamente remiítase al Departamento de Contralor Impositivo a sus efectos. Hecho archívese.-