Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1900/21

Decreto Nº 1900/21

San Andrés de Giles, 26/07/2021

Visto

El contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Sociedad Neophone Argentina S.R.L. ;y

Considerando

Que dicho instrumento contractual tiene por objeto la  prestación del suministro  de acceso a  internet  a los equipos de PC del  Hogar Infantil “Jorge E.Coll”, dependiente de la  Municipalidad de San Andrés de Giles.

Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato suscripto.

Por ello el Intendente Municipal  en uso de las atribuciones que le son propias

    D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1º:  Convalidar el contrato de locación  , celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Sociedad Neophone Argentina S.R.L. , para la prestación por parte de ésta última, del suministro  de acceso a internet a los equipos de PC instalados en el Hogar Infantil “Jorge E.Coll”, dependiente de la primera.

ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida,  serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:

          

Fuente de Financiamiento          110                   Tesoro Municipal

Jurisdicción                              1110100000      Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:                        1110106000      Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social

Categoría Programática             60                     Asistencia en el Hogar Jorge E.CollActividad

Actividad                                  01                      Brindar Asistencia Hogar Infantil Jorge E.Coll  

Inciso                                         3                   Servicios no personales

Partida Principal                           1                 Servicios básicos

Partida Parcial                             4                  Teléfonos, Telex y telefax.

 

ARTICULO 3º:   Registrar , comunicar , dar a  conocimiento del Departamento Contable,  y archivar. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTRATO

 

El presente Contrato se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 1 de julioo de 2021  entre  La Municipalidad de San Andrés de Giles representada por el  Cr. Carlos Javier Puglelli (DNI Nº 24.795.966  en su carácter de Intendente Municipal  ,   con domicilio en calle Moreno Nro. 338 de la ciudad de San Andrés de Giles en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD  por una   parte  y por la otra la  Sociedad Neophone Argentina S.R.L. - representada  en este acto por su Socio Gerente Hernán Pablo Fraiese  DNI Nro. 14.659.494, CUIT Nro.20-14659494-9 – CUIT  de la Sociedad 30-71021604-1 con domicilio legal en calle Caaguazú Nº 6568  Piso 1º de la ciudad Autonóma de Buenos Aires, con domicilio comercial  en calle Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,  en adelante La Empresa ,  convienen en celebrar el presen­te contrato  que quedará sujeto a las si­guientes cláu­sulas:

PRIME­RA:La Muni­cipalidad contrata con La Empresa la  prestación de internet a los equipos de computación correspondientes  al Hogar Infantil Jorge Eduardo Coll, ubicado en Avda. Lucas Scully s/n de esta ciudad.

SEGUNDA: ­El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija  hasta el día 31  del mes de  diciembre de 2021   y su vigencia es a partir del día 1º de julioo  del mismo año .

TERCERA:  El monto a pagar  por La Municipalidad a La Empresa por la prestación  pactada se fija en  la suma de pesos  pesos  Dos Mil  Treinta y  Siete ($ 2.037 ) en concepto de abono.

CUARTA:  Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo,  el incumplimiento por parte de la Empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad de  rescindir este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o Extra Judicial alguna.

Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Pcia. de Bs.As., y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán validas todas las no­tificaciones que se les practiquen.--

  • - - En prueba de conformidad y aceptación, se firman dos ejemplares del mismo tenor, en el

lugar y fecha arriba indicados