Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1895/21

Decreto Nº 1895/21

San Andrés de Giles, 26/07/2021

Visto

El contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Firma  Neophone  Argentina S.R.L.; y

Considerando

Que dicho instrumento contractual tiene por objeto la  prestación del suministro  de acceso a  Internet, a  los equipos de PC del  Hospital Municipal San Andrés.

Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato celebrado.

Por ello el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias

D  E  C  R  E  T  A

 

 

ARTICULO 1º:  Convalídase el contrato de locación , celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la empresa Neophone Argentina S.R.L. , para la prestación del suministro  de acceso a internet  en los equipos de PC instalados en el Hospital Municipal San Andrés.

ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida, serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:

Jurisdicción                              1110100000      Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:                        1110107000      Secretaria de Salud

Categoría Programática                          70      Prestación de Servicios en el Hospital Municipal San Andrés

Actividad                                               01      Servicios de Salud en el Hospital Municipal

Inciso                                                     3       Servicios no personales

P.Principal                                              1       Servicios básicos

Partida Parcial                                       4       Teléfonos, Telex y telefax.

 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, tome conocimiento el Departamento Contable, regístrese y archívese. 

 

 

 

 

 

 

                                  

 

CONTRATO

El presente Contrato se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 1 de julio de 2021  entre  La Municipalidad de San Andrés de Giles representada por el  Cr. Carlos Javier Puglelli (DNI Nº 24.795.966  en su carácter de Intendente Municipal  ,   con domicilio en calle Moreno Nro. 338 de la ciudad de San Andrés de Giles en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD  por una   parte  y por la otra la  Sociedad Neophone Argentina S.R.L. - representada  en este acto por su Socio Gerente Hernán Pablo Fraiese  DNI Nro. 14.659.494, CUIT Nro.20-14659494-9 – CUIT  de la Sociedad 30-71021604-1 con domicilio legal en calle Caaguazú Nº 6568  Piso 1º de la ciudad Autonóma de Buenos Aires, con domicilio comercial  en calle Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,  en adelante La Empresa ,  convienen en celebrar el presen­te contrato  que quedará sujeto a las si­guientes cláu­sulas:

PRIMERA: La Muni­cipalidad contrata con La Empresa la  prestación del suministro acceso a internet  para los equipos de PC del Hospital Municipal San Andrés- .

SEGUNDA: El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija  hasta el día 31 del mes de diciembre del año 2021, y su vigencia es a partir del día  1º  de julio del mismo año.

TERCERA El monto a abonar por esta Municipalidad a la Empresa por la prestación pactada  en este instrumento asciende a la suma mensual de pesos dos mil  quinientos cuarenta y siete ($ 2.547) mensuales en concepto de abono.

CUARTA: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo,  el incumplimiento por parte de la Empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad de dar por rescindir este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o Extra Judicial alguna.

Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Pcia. de Bs.As., y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán validas todas las no­tificaciones que se les practiquen.

En prueba de conformidad y aceptación, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor, en San Andrés de Giles, en el lugar y fecha arriba indicados.