Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1797
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/08/2021
Visto la solicitud a fs. 1 de llamar a Concurso para para la cobertura de un (3) cargos, categoría 9/11, para desempeñarse como Instructores de las Residencias de Medicina Familiar y Comunitaria, Epidemiología de Campo y Psicología Social y Comunitaria, de 24 hs. semanales, en dependencias de Secretaría de Salud de acuerdo a la Ordenanza Nº 19764,
Considerando que a fs. 2 consta copia de la designación de instructores a cargo hasta la fecha
Por lo expuesto el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades
-DECRETA-
PRIMERO: Llámese a concurso cerrado de antecedentes y oposición, de acuerdo a la Ordenanza Nº 19764, y su Dec. Reglamentario 47/21, Anexo N°2, Capituo VI, Artículo 27 de la Carrera Profesional de la Salud de la Municipalidad de Bahía Blanca, para la cobertura de los siguientes cargos:
- (1) cargo con 24 horas, para la Función de Instructor de Medicina Familiar y Comunitaria
- (1) cargo con 24 horas, para la Función de Instructor de Psicología Social y Comunitaria
- (1) cargo con 24 horas, para la Función de Instructor de Epidemiología de Campo
SEGUNDO: Aprobar el Reglamento Interno para Concurso de Instructor que se adjunta como ANEXO 1 del presente Decreto
TERCERO: La selección de instructores se realizará por concurso de antecedentes y oposición y el llamado y las condiciones serán fijadas por la Secretaría de Salud. En todos los casos el concurso será supervisado por la Unidad de Docencia e Investigación, la que se constituirá en única instancia de apelación de los aspirantes
CUARTO: Son requisitos exigibles e indispensables para que se configure formalmente la inscripción:
Los datos referentes a antecedentes que se presentan ante el jurado son con carácter de declaración jurada, quedando el postulante automáticamente excluido del concurso en cualquier instancia de substanciación del mismo en caso de comprobarse falsedad de los mencionados datos, procediéndose a efectuar la comunicación al colegio respectivo. En caso de ser agente de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, se iniciará sumario correspondiente.
Cumplidos en forma los recaudos mencionados precedentemente, se otorgará a cada postulante el Certificado de Inscripción. En caso contrario deberá la Unidad de Docencia e Investigación del establecimiento, proceder al rechazo de la solicitud de inscripción, notificándosele al solicitante.
QUINTO: Las inscripciones se formalizarán en la Secretaría de Salud y se fijarán los siguientes plazos, según ARTICULO 4 del ANEXO 1
SEXTO: Los cargos serán cubiertos según el Orden de Prelación determinado por el Jurado y se evaluarán:
- Antecedentes de la especialidad en concurso según Currículum Vitae y grilla de Evaluación de Antecedentes mencionados en artículo TERCERO del presente
- Examen de evaluación que consiste en la presentación del PROGRAMA PROGRESIVO DE FORMACION DE LA RESIDENCIA según ANEXO D
- Entrevista personal y exposición del programa presentado
SEPTIMO: Cúmplase, publíquese, dése al R.O. y resérvese en Secretaría de Salud para la realización del concurso respectivo. Hecho, ARCHÍVESE.