Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1789

Decreto Nº 1789

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/08/2021

Visto el Pedido de Adquisición Nº 3920 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; con el objeto de adjudicar la prestación de servicios de un Operador de Calle y;
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de un Operador de Calle, según corre fs. 3 donde consta la nota de solicitud de la mencionada Subsecretaria;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas que consisten en integrar el Equipo Técnico de Operadores de Calle;
Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido en base a toda la documentación presentada, la que fue oportunamente evaluada;
Que del Acta que consta en el Expediente Nº 1130/2021 surge la selección del Sr. Julian Roberto Sanchez Bartoli, D.N.I 29.300.293 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas. Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que si bien existe personal idóneo dentro del área, esta no puede ser ocupada en la actividad debido a que se utiliza a todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las Instituciones, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.
SEGUNDO: Adjudíquese al Sr. Julian Roberto Sanchez Bartoli, D.N.I 29.300.293, la prestación de servicios como operador de calle para formar parte del Programa Operadores de Calle, a partir del 1 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2021, y por la suma total de pesos cuarenta mil ($40.000.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.
CUARTO: Cúmplase, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.