Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1185
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 22/04/2021
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por MARIA NELIDA MEDINA, DNI Nº 16.681.521, por la cual solicita la devolución de la suma de $16.825, debido a que por error ha abonado en dos oportunidades la tasa municipal anual 2021, correspondiente a las Partidas N° 80.460, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Recaudación a fojas 7 informa que de acuerdo a la documentación adjunta, se constato que la recurrente a traves de Pago Mis cuentas abonó dos veces la opción anual de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud de la partida mencionada, por lo cual se sugiere reintegrar lo abonado de mas a la recurrente;
Que el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal expresa:”...Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud...”.
Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019:
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º)- Debitase de la Partida N° 80.460, la suma de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($16.825.-), en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Tasa de Salud y redondeo Articulo 36º Ordenanza Fiscal vigente, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º)- Reintégrese a ESMENIA LORENZA GUINEZ ORTEGA CUIL Nº 27-93418321-0, la suma total de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($16.825.-) en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Tasa de Salud y redondeo Articulo 36º Ordenanza Fiscal vigente de la Partida Nº 80.460, atento lo normado en el Art. 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.
ARTÍCULO 3º)- Autorizase al Departamento Contaduría a librar orden de pago y cheque a nombre de ESMENIA LORENZA GUINEZ ORTEGA CUIL Nº 27-93418321-0, la suma total de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($16.825.-), correspondiendo: la suma de PESOS DOCE MIL DIECISIETE CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($12.017,79) a Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública de ejercicio 2021, (Código de imputación RAFAM: 01210101), la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SIETE CON ONCE CENTAVOS ($4.807,11) a Tasa de Salud (Código de imputación RAFAM: 01219901), y la suma de PESOS CERO CON DIEZ CENTAVOS ($0,10) a redondeo artículo 36º Ordenanza Fiscal vigente(Código de imputación RAFAM: 01290202), en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, dese al R.O., notificase, tome nota Departamento Recaudación. Hecho, ARCHIVESE.-