Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1112
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/04/2021
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación presentada por REFINERA BAHIA BLANCA S.A.U, para desarrollar el rubro de ESTACIÓN DE SERVICIO DUAL - VENTA AL POR MENOR DE ACCESORIOS Y LUBRICANTES PARA AUTOMOTORES - VENTA AL POR MENOR PRODUCTOS ALIMENTICIOS ENVASADOS EN ORIGEN - CAFETERÍA - VENTA AL POR MENOR DE GARRAFAS (HASTA 100 KGRS.), CARBÓN, LÉÑA Y HIELO, en calle CAMINO PARQUE SESQUICENTENARIO 5017 , de Bahía Blanca; teniendo en cuenta que ha cumplimentado los requisitos exigidos según lo establecido por la Ley Nº 7.315/1967 y su Decreto Nº 1123/1973; atento a los informes del Departamento de Habilitaciones, y del Departamento de Recaudación; el Sr.SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de sus facultades conferidas mediante Decreto Nº 3211/2019:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habílitase a REFINERA BAHIA BLANCA S.A.U, contribuyente Nº 85047, para el rubro de ESTACIÓN DE SERVICIO DUAL - VENTA AL POR MENOR DE ACCESORIOS Y LUBRICANTES PARA AUTOMOTORES - VENTA AL POR MENOR PRODUCTOS ALIMENTICIOS ENVASADOS EN ORIGEN - CAFETERÍA - VENTA AL POR MENOR DE GARRAFAS (HASTA 100 KGRS.), CARBÓN, LÉÑA Y HIELO, en calle CAMINO PARQUE SESQUICENTENARIO 5017 de la localidad de BAHIA BLANCA.-
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 294/2021 a REFINERA BAHIA BLANCA S.A.U, Contribuyente Nº 85047 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, cumplido. Archívese.