Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1068
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/04/2021
Vista la nota presentada por Guillermo Pascucci, en carácter de Presidente de la firma QUÍMICA INDUSTRIAL BAHIENSE SA, Contribuyente Nº 17661, mediante la cual solicita se impute a la Tasa de Seguridad e Higiene, el monto aportado por dicha institución a la Biblioteca Bernardino Rivadavia, en el marco de lo dispuesto en la Ordenanza Nº12600 - Programa de Solidaridad Cultural, y
CONSIDERANDO:
Que según lo informado por el Departamento Análisis Política Fiscal en fijas 8, el contribuyente no podrá computar como pago a cuenta el importe de $10.000 aportados con fecha 10 de febrero de 2021 al proyecto de la Biblioteca Bernardino Rivadavia por no dar cumplimiento a lo normado en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 12.600.
Que según lo normado en el Artículo Nº4 de la Ordenanza Nº12.600, el cual expresa: “... El monto de los recursos que personas físicas o jurídicas, que no sean deudores del fisco municipal, destinen a actividades de solidaridad cultural en los términos de la presente, se computarán como pago a cuenta de los Tributos Municipales que les correspondiere abonar, hasta el límite de un 20% de los montos exigibles dentro del año fiscal en el que se haya otorgado el certificado que acredite dicha actividad. Este beneficio se limita al ejercicio fiscal correspondiente, no pudiendo acumularse o utilizarse en otros ejercicios.”;
Por lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 3211/2019:
RESUELVE
ARTICULO 1º).- Denégase la solicitud del beneficio establecido por la Ordenanza Nº12.600, a la firma QUÍMICA INDUSTRIAL BAHIENSE SA, Contribuyente Nº 17661, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º).- Cúmplase, Dése al R.O., notifíquese, tome nota el Departamento Análisis Política Fiscal, hecho: ARCHIVESE.-