Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1027

Resolución Nº 1027

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/04/2021

VISTO las presentes actuaciones, atento la liquidación practicada por el Departamento de Inspecciones en el Formulario M-008 de Fiscalización y Ajuste Impositivo obrante de fojas 74 a 75 vuelta, referente a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene; y,

CONSIDERANDO,

Que el articulo 29 de la Ordenanza Fiscal vigente, establece “…En la determinación de oficio, ya sea sobre base cierta o presunta, la autoridad municipal dará vista al contribuyente o responsable de las actuaciones donde consten los ajustes efectuados o las imputaciones o cargos formulados. Dentro de los quince (15) días de notificado, el contribuyente o responsable podrá formular su descargo por escrito y presentar toda la prueba que resultare pertinente y admisible (…) Transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior sin que el contribuyente o responsable haya presentado su descargo y aportado pruebas o luego de valorada la misma, se dictará resolución dentro de los quince (15) días, determinando el gravamen y sus accesorios…”;

Por ello y en virtud a lo informado por el Departamento Inspecciones a fojas 77 y 77 vuelta, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 3211/2019:

RESUELVE

ARTICULO 1º)- Confirmar la liquidación practicada a GUIVI S.R.L., Contribuyente Nº 68.838por el Departamento de Inspecciones en el Formulario M-008 de Fiscalización y Ajuste Impositivo obrante a fojas 74 a 75 vuelta; de acuerdo a las Bases Imponibles indicadas en el formulario, del cual el contribuyente ha tomado vista; en base a las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes, y el Artículo 26 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias; teniendo en cuenta que el recurrente ha desistido de los dos (2) extremos previstos en el artículo 29 de la Ordenanza Fiscal vigente.-

ARTICULO 2º)- Intimar a GUIVI S.R.L., Contribuyente Nº 68.838, a que en el plazo de quince (15) días, contados a partir de su notificación, proceda al pago de la deuda fiscalizada que mantiene con la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA, en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, períodos 1º/2018 a 12º/2020, cuyo importe en concepto de capital asciende a PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON DOS  CENTAVOS ($436.463,02.-) a valor nominal, y en concepto de accesorios (recargos e intereses) a PESOS CIENTO VEINTE MIL CINCUENTA Y DOS CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($120.052,49), siendo estos ajustados a la fecha de efectivo pago.-

ARTICULO 3º)- Cumplidos los plazos otorgados, verificado el incumplimiento de lo establecido en los artículos precedentes, gírese el presente expediente a la oficina de Gestión de Cobros para que inicie y prosiga contra GUIVI S.R.L., Contribuyente Nº 68.838las acciones judiciales necesarias pertinentes, hasta que la MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA perciba de manera íntegra el pago de las sumas indicadas, mas los accesorios, multas por omisión y Derechos de Oficina, desde la fecha de la presente, hasta la efectivización de los montos adeudados.-

ARTICULO 4º)- Cúmplase, Dese al R.O., notifíquese, tome nota Departamento Inspecciones, hecho; ARCHIVESE.-