Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 202
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/05/2021
Visto las presentes actuaciones atento al pedido realizado a fs. 1 y 2 por la Directora del Centro de Capacitación y Promoción Villa Miramar y por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, mediante el cual solicitan la ampliación de la jornada horaria a cuarenta (40) horas del agente Rodrigo Héctor Emanuel Vilche Fariña, Legajo Nº 15.605, quien se desempeña como preceptor en la mencionada institución, atento a lo informado por la Directora del área a fs. 1. Considerando lo informado por la Subsecretaría de Capital Humano a fs. 3 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y el Departamento Contaduría General a fs. 3 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Ampliar a cuarenta (40) horas semanales la jornada horaria del agente Rodrigo Héctor Emanuel Vilche Fariña, Legajo Nº 15.605, quien reviste en categoría 05/4A con una jornada horaria semanal de treinta (30) horas, dependiente del Centro de Capacitación y Promoción Villa Miramar, a partir del día de su notificación y hasta el 31 de Diciembre de 2021.-
SEGUNDO: Dejar constancia que la ampliacion horaria otorgada precedentemente responde estrictamente a razones de servicio de la oficina solicitante.
TERCERO: Dejar constancia que vencido el periodo dispuesto para la ampliacion horaria y en caso de que persistan las necesidades que motiva la misma, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del jefe del área sobre el desempeño de la agente.
CUARTO: Dejar constancia que la modalidad de cumplimiento de la nueva jornada horaria será de 7.00 a 15.00 hs.
QUINTO: El gasto precedente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110106000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1.1.1.5.
SEXTO: Cúmplase, notifíquese, tome nota Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Departamento Contaduría General, Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O. y ARCHIVESE.