Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 890
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 23/03/2021
Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada por ERNST Lucas Daniel, DNI 28.219.188, mediante la cual solicita el otorgamiento de los beneficios estipulados en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes, a la Partida Nº 199.219, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo Nº 80 de la Ordenanza Fiscal establece: “Los propietarios y/o poseedores a título de dueño de un único bien inmueble baldío, en el cual proyectan construir su vivienda única, gozarán de un descuento en la tasa total liquidada de acuerdo con lo que establezca la Ordenanza Impositiva.”
Que el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Impositiva dispone que “Para los casos comprendidos dentro de lo establecido en el Artículo 80º de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 80%.”;
Por ello, atento lo informado por el Departamento Catastro, a fs. 7 y en virtud de lo sugerido por el Departamento Recaudación a fojas 8, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Redúzcase a la Partida Nº 199.219, en un 80% el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a partir de la cuota 01/2021 a 12/2021, en un todo de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes, y a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º: Cúmplase, notifíquese, dese al R.O., tome nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVESE.-