Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº856

Resolución Nº 856

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 18/03/2021

Vistas las presentes actuaciones, atento que se intimó a MIRTA CRISTINA OLIDEN, Contribuyente Nº 46.757, a la declaración de base imponible de los bimestres 01/2016 a 04/2016 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, y al pago de la suma resultante; y,

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Recaudación informa a fojas 9 del expediente 222-8466/2016, que ante la comparecencia del Contribuyente se sugiere aplicar las correspondientes Multas por Infracción a los Deberes Formales de acuerdo a lo establecido en el Art. 4º del Decreto 634/2009, reglamentario de la Ordenanza Municipal Nº 5685, y su modificatoria Nº 5764, que estaría fijada en PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON CUATRO CENTAVOS ($10.992,04.-), correspondiente a contribuyentes “comunes”;

Que lo normado en el Artículo 4º Inc. c) del Decreto Nº 634/2009 expresa “…Establécese la multa a aplicar por infracciones a los deberes formales según artículo 3 inc. c) de la Ord. 5685 modificada por la 5764, por cada declaración jurada omitida así como por cada hecho susceptible de sanción, en los siguientes montos según categoría de contribuyente (…) c) Contribuyentes comunes: 10 jornales del sueldo mínimo del agrupamiento obrero de la Administración municipal…”;

Por lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019;

R E S U E L V E

ARTICULO 1º)- Aplicase a MIRTA CRISTINA OLIDEN, Contribuyente Nº 46.757, cuatro (4) multas graduadas en diez (10) jornales, del sueldo mínimo del agrupamiento obrero de la Administración Municipal, cuya suma total asciende a PESOS DIEZ MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON CUATRO CENTAVOS ($10.992,04.-), por Infracción de los Deberes Formales, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 3 Inciso c) de la Ordenanza Nº 5.685 y su modificatoria Nº 5.764 y el Artículo Nº 4 Inciso a) del Decreto Nº 634/2009, la que deberá hacer efectiva en un término de quince (15) días, contados a partir de la fecha de su notificación.-

ARTICULO 2º)- Cúmplase, dése al R.O., notifíquese, tome nota Departamento Recaudación, Hecho: Archívese.-