Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 855
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/03/2021
Vistas las presentes actuaciones, atento que se intimó a la firma MAURICIO ARIEL HERRÁN, Contribuyente Nº 73.070, a la declaración de base imponible de los bimestres 06/2015 a 01/2019 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, y al pago de la suma resultante; y,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Recaudación informa a fojas 14 que según informe del Sector Ingresos cesó con fecha 19/04/2016, y, ante la comparecencia del Contribuyente se sugiere aplicar las correspondientes Multas por Infracción a los Deberes Formales de acuerdo a lo establecido en el Art. 4º del Decreto 634/2009, reglamentario de la Ordenanza Municipal Nº 5685, y su modificatoria Nº 5764, que estaría fijada en PESOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($24.559,28.-), correspondiente a contribuyentes “comunes”, a los bimestres 06/2015 a 03/2016.-
Que lo normado en el Artículo 4º Inc. c) del Decreto Nº 634/2009 expresa “…Establécese la multa a aplicar por infracciones a los deberes formales según artículo 3 inc. c) de la Ord. 5685 modificada por la 5764, por cada declaración jurada omitida así como por cada hecho susceptible de sanción, en los siguientes montos según categoría de contribuyente (…) c) Contribuyentes comunes: 10 jornales del sueldo mínimo del agrupamiento obrero de la Administración municipal…”;
Por lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019;
R E S U E L V E
ARTICULO 1º)- Aplicase a MAURICIO ARIEL HERRÁN, Contribuyente Nº 73.070, tres (3) multas graduadas en diez (10) jornales, del sueldo mínimo del agrupamiento obrero de la Administración Municipal, cuya suma total asciende a PESOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($24.559,28.-), por Infracción de los Deberes Formales, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 3 Inciso c) de la Ordenanza Nº 5.685 y su modificatoria Nº 5.764 y el Artículo Nº 4 Inciso a) del Decreto Nº 634/2009, la que deberá hacer efectiva en un término de quince (15) días, contados a partir de la fecha de su notificación.-
ARTICULO 2º)- Cúmplase, dése al R.O., notifíquese, tome nota Departamento Recaudación, Hecho: Archívese.-