Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº832

Resolución Nº 832

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/03/2021

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por PAULA ILEANA CERATO, DNI Nº 22.845.553, por la cual solicita el reintegro de lo abonado por error de la Tasa de Inspección por Seguridad Higiene dado que esta eximido por ex Plan Alas, correspondiente al Contribuyente N° 82.135, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Recaudación a fojas 4 informa que por expediente 0/00-6511/2019 se eximió del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios desde el 15/07/2019 a 15/07/2020 y siendo que la recurrente abono el bimestre 03/2019, se sugiere debitar la suma de $742 correspondiente al bimestre mencionado y acreditar lo a futuros vencimientos;

Que de lo normado en el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente: “Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la compensación, de oficio o a pedido del contribuyente, de los saldos acreedores que mantengan ante esta Comuna con los importes o saldos adeudados por los mismos por gravámenes de cualquier naturaleza, aunque se refieran a distintas obligaciones impositivas, salvo cuando se opusiera y fuera procedente la excepción por prescripción. La compensación deberá hacerse, en primer término, con las multas y recargos que adeude…”

Que, el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente prescribe: Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud”.

Por todo elloel SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º): Debitase de la Cuenta Corriente de PAULA ILEANA CERATO, Contribuyente Nº 82.135, la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y DOS ($742.-), correspondiente al bimestre 03/2019 en concepto de Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Acreditase a futuros vencimientos de la Cuenta Corriente de PAULA ILEANA CERATO, Contribuyente Nº 82.135, la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y DOS ($742.-), correspondiente al bimestre 03/2019 en concepto de Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, en un todo conforme a lo previsto en el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTICULO 3º): Comuníquese a  PAULA ILEANA CERATO, Contribuyente Nº 82.135que previo a realizarse la acreditación, deberá presentar los recibos originales en el Departamento Recaudación, a efectos que sean intervenidos de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 40 y Nº 41 la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 4º): Cúmplase, dese al R.O., notificase, tome nota Departamento Recaudación; hecho, ARCHIVESE.-