Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº698

Resolución Nº 698

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/03/2021

Visto las presentes actuaciones, atento la solicitud de eximición en la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, solicitada mediante Declaración Jurada, por MARTA ISABEL GRINEVALT, DNI 4.935.665,  y;

CONSIDERANDO:

      Que, analizadas las actuaciones, observada la Declaración Jurada y la documentación aportada por el contribuyente, se desprende que el bien afectado identificado con la Partida Nº 134.507 es única propiedad, revistiendo el carácter de edificado y siendo ocupado el mismo por el titular, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 1 Incisos a) y b) de la Ordenanza Nº 19.985;

       Que, el titular no cuenta con ingresos superiores a los mencionados en el Artículo Nº 1 Inciso c) de la Ordenanza Nº 19.985;

    Que, la valuación fiscal de la propiedad es de $448.912correspondiéndole una eximición del 100% en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, atento lo establecido en el Artículo Nº 1 Inciso d) de la Ordenanza Nº 19.985;

   Por lo expuesto, y en virtud de lo informado por el Departamento Recaudación a foja 20, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º) Exímase a la Partida Nº 448.912 en un 100% en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, a partir de la cuota 01/2021en un todo de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 19.985.

ARTÍCULO 2º) Déjase constancia que la exención otorgada en el Artículo Nº 1 es permanente, hasta que se comunique una modificación de su situación como beneficiario de jubilación y/o pensión, la que queda bajo responsabilidad del contribuyente informarla al Municipio, atento lo establecido en las Ordenanzas Nº 19.985.

ARTÍCULO 3º) Cúmplase, notifíquese, Dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación – Servicios Públicos; hecho, ARCHÍVESE.